Grecco sobre despenalizar eutanasia: “Es bueno que se debata sobre el tema”

Para el presidente del SMU > es un debate social

Este miércoles el diputado colorado Ope Pasquet presentó un proyecto de ley que legaliza la eutanasia y el suicidio voluntario. En diálogo con CRÓNICAS, el presidente del Sindicato Médico del Uruguay (SMU) aseguró que el sindicato sigue la línea de la Asociación Médica Mundial que el año pasado cambió su postura en torno a la eutanasia: “Dejó de considerar como no ética la práctica de la eutanasia pero cada país da el debate y la resolución que entienda mejor”.

Por María Noel Durán | @MNoelDuran

En la jurisprudencia uruguaya no existe la figura de la eutanasia  y el artículo 315 del Código Penal (de determinación o ayuda al suicidio) indica: «el que determinare a otro al suicidio o le ayudare a cometerlo, si ocurriere la muerte, será castigado con seis meses de prisión a seis años de penitenciaría».

En este marco, el diputado de Ciudadanos, Ope Pasquet, tomó cartas en el asunto y presentó un proyecto firmado también por Felipe Schipani, María Eugenia Roselló, Laura Baccino y Walter Cervini que exime de responsabilidad al profesional médico que ayuda a dar muerte a un paciente terminal que padezca sufrimiento insoportable.

Consultado al respecto, el presidente del Sindicato Médico del Uruguay, Gustavo Grecco señaló que este es un debate que excede a la medicina, “es un debate social”, esgrimió.

“Desde el Sindicato Médico fomentamos el debate pero no tenemos una posición sobre el tema eutanasia”, indicó y señaló que es necesario que se dé “mucha discusión previa”. Asimismo comentó que “las aguas están divididas” en el sindicato, lo que supone que es posible que no se llegue a una posición institucional al respecto.

Sin embargo, Grecco reconoció a CRÓNICAS que el Sindicato sigue la línea de la Asociación Médica Mundial que el año pasado cambió su postura en torno a la eutanasia. “Dejó de considerar no ética la práctica de la eutanasia,  cada país da el debate y la resolución que entienda mejor”, apuntó el presidente del SMU.

El médico dijo además que tomó conocimiento del proyecto de ley de Pasquet por medio de las redes sociales.

Por su parte, el legislador Ope Pasquet aseguró a CRÓNICAS que su interés en tratar el tema se fundamenta en que el asunto está en el tapete en todo el mundo. “En Portugal está muy avanzado el trámite legislativo para establecer la eutanasia, a fines de febrero salió una sentencia del Tribunal Constitucional Alemán declarando inconstitucional una ley que establecía restricciones al suicidio asistido”, indicó Pasquet.

El parlamentario señaló que lo menos que se puede hacer ante una persona que padece tal sufrimiento es despenalizar la conducta del médico que ayuda a morir. “En nuestro país hay casos de eutanasia activa pero son clandestinas porque de acuerdo con el marco legal vigente el médico que ayuda a morir a otro comete delito, puede ser un homicidio piadoso o ayuda al suicidio pero se trata de delitos”, reflexionó Pasquet.

Consultado acerca de cómo fue recibido el proyecto en la comunidad médica, el diputado dijo que por “abrumadora mayoría” ha recibido comentarios positivos por parte de los médicos.


La normativa

El primer artículo del texto normativo afirma que una vez que el médico que reciba la solicitud del paciente y constate un diagnóstico que cumpla con las características antes mencionadas deberá pedir una segunda opinión.

Posteriormente el procedimiento establece que el médico dialogará con el solicitante para cerciorarse de que conoce y comprende su situación y de que la voluntad de poner fin a su vida que manifiesta es libre, seria y firme. “El médico le informará acerca de los tratamientos terapéuticos o paliativos disponibles y sus probables efectos; todo ello de manera veraz, completa y comprensible para la persona que reciba la información. Por lo menos quince días después de la primera entrevista deberá realizarse una segunda, para establecer si se mantiene la voluntad ya expresada”.

Transcurridos no menos de tres días desde la realización de la segunda de las dos entrevistas indicadas en el artículo 3º de la presente ley, la persona que persista en su voluntad de poner  fin a su vida lo declarará y hará constar por escrito ante dos testigos, de los cuales uno, por lo menos, no haya de recibir beneficio económico alguno a causa de la muerte del declarante.

Cabe destacar que el procedimiento es siempre revocable sin necesidad de ninguna formalidad.

“Producido el fallecimiento, o una vez que se entere del hecho si no estaba presente cuando se produjo, el médico lo comunicará de inmediato a la Comisión de Bioética y Calidad Integral de la Atención de la Salud del Ministerio de Salud Pública, adjuntando los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las etapas del procedimiento establecido por la presente ley”, concluye el proyecto.