Para planificar y mejorar el retorno de las inversiones el empresario agropecuario debe conocer las características relevantes de las herramientas tributarias de incentivos a las inversiones productivas. Para los proyectos de inversión presentados a la Comap hasta marzo de 2021, estos beneficios fiscales se incrementan en forma significativa.
Por Natalia Silva (*)
Toda empresa agropecuaria que tribute IRAE puede utilizar los beneficios fiscales asociados a sus inversiones, tales como la exoneración por inversiones o el régimen de promoción de inversiones. El primero es un beneficio automático que se aplica en la liquidación del impuesto. El régimen de promoción de inversiones implica la presentación de un proyecto a la Comap para solicitar los beneficios.
Exoneración por inversiones
El beneficio de exoneración por inversiones consiste en exonerar de la renta fiscal del IRAE un porcentaje de las inversiones que se destinen a la adquisición de bienes de activo fijo.
Los bienes cuya adquisición podrá dar lugar a la exoneración para el sector agropecuario son:
- Maquinaria agrícola.
- Mejoras fijas tales como tajamares, represas, pozos, perforaciones, molinos de viento, tanques australianos, bombas para extraer agua, bretes para vacunos y lanares, tupos, cepos, balanzas fijas, porteras, gallineros, chiqueros, conejeras, represas con destino a irrigación, tanques de frío, instalaciones para la distribución de energía eléctrica dentro del establecimiento, paneles solares, equipamiento para la trazabilidad.
- Máquinas, instalaciones y equipos destinados a la innovación y a la especialización productiva.
- Fertilizantes fosfatados (fórmulas con condiciones) destinados a la instalación y a la fertilización de praderas permanentes. Esta inversión es aplicable a los productores pecuarios.
- Vehículos utilitarios, tales como camiones, chasis para camiones, tractores para remolque, remolques y zorras.
- Equipos para el procesamiento electrónico de datos y las comunicaciones (está excluido el software).
También se aplicará sobre las inversiones en construcciones y ampliaciones de edificios destinados a la actividad agropecuaria.
El beneficio se podrá aplicar siempre y cuando los ingresos del productor hayan sido de hasta 10 millones de UI en el ejercicio anterior (aproximadamente US$ 1.1 millones).En este caso, se exoneran las rentas hasta un máximo del 40% de lo invertido en los bienes mencionados (máquinas y equipos, mejoras fijas, vehículos) y del 20% de lo invertido en construcciones y ampliaciones de edificios.
Si los ingresos del productor en el ejercicio anterior fueran de hasta cinco millones de UI (aproximadamente US$ 5.5 millones) los porcentajes a aplicar serán de 60% y 30% respectivamente.
La exoneración se encuentra, además, limitada al 40% de la Renta Neta Fiscal del ejercicio, una vez deducidas otras exoneraciones para los productores con ingresos de hasta 10 millones de UI; y al 60% para los de hasta 5 millones de UI.
Si el monto exonerable de la inversión supera estos porcentajes para cada caso, el remanente podrá ser deducido con las mismas limitaciones en los dos ejercicios siguientes.
Como requisito que garantice la finalidad para la cual fue creada la norma, se establece que las rentas exoneradas no podrán ser distribuidas y deberán ser llevadas a una reserva creada con las utilidades contables cuyo único destino ulterior sea la capitalización.
De acuerdo a lo mencionado, si se trata por ejemplo de un contribuyente con ingresos de hasta 10 millones de UI que invierte en maquinaria agrícola, la exoneración efectiva en el impuesto a la renta será del 10% del valor de la inversión (40% sobre el 25% de la renta).
La exoneración por inversiones implica un beneficio automático y general asociado a las inversiones realizadas en el ejercicio sin la necesidad de la presentación de un proyecto de inversión específico.
Régimen de promoción de inversiones en el agro
A diferencia del beneficio anterior, en el caso de la promoción de inversiones, para acceder a las exoneraciones, la empresa que proyecte realizar inversiones con destino a su giro deberá presentar una solicitud a la Oficina de Atención al Inversor del Ministerio de Economía y Finanzas. Esta Oficina, actuará como enlace entre los solicitantes y la Comisión de Aplicación (Comap). La Comap será quien realicela recomendación al Poder Ejecutivo para que éste emita la resolución estableciendo la Declaración de Proyecto Promovido. Esta comisión cuenta con plazos perentorios de pronunciamiento. Si vencidos los plazos no se hubiera expedido, se entenderá que recomienda el otorgamiento de los beneficios.
Las inversiones elegibles en este régimen son los muebles y útiles, equipos para el procesamiento de datos, maquinaria agrícola, vehículos utilitarios, obra civil, mejoras fijas agropecuarias como las detalladas en la exoneración por inversiones y los plantines y costos de implantación de árboles y arbustos frutales plurianuales.
Resulta importante destacar que en forma transitoria y hasta el 30 de abril de 2021 se podrá incluir como inversión elegible la compra de automóviles eléctricos para el transporte de pasajeros. Los mismos deben cumplir ciertas características específicas de energía y su valor CIF debe ser de hasta US$ 70.000.
Serán elegibles las inversiones efectuadas en los seis meses anteriores a la presentación del proyecto, pero las mismas no podrán superar el 20 % de la inversión total del mismo. Adicionalmente, se incluirán con presupuestos las inversiones futuras estimadas por hasta cinco ejercicios posteriores.
Indicadores
La obtención de beneficios en los proyectos de inversión promovidos está asociada con el cumplimiento de objetivos que se miden a través de indicadores, los cuales se ponderan en una matriz.
El indicador generación de empleo implica el compromiso de incrementar el personal contratado. En el sector agropecuario, tal como lo expresa la Comap en los “criterios de elegibilidad”, se observa desde hace varias décadas una tendencia a la reducción de la población y el envejecimiento progresivo. Para mitigar esta tendencia el régimen cuenta con beneficios adicionales por la creación de puestos de trabajo cotizantes a la Caja Rural del BPS. Adicionalmente a los trabajadores rurales, también se puntúa mejor con la contratación de menores de 25 años, mujeres y trabajadores con discapacidad.
En el caso de las exportaciones,el indicador mide el incremento de las ventas al exterior. Para las empresas cuyo giro sea la producción agropecuaria o la forestación podrán computar como exportaciones indirectas un porcentaje de las ventas en plaza incrementales de los productos agropecuarios producidos por la empresa. Este porcentaje está establecido a través del coeficiente de exportaciones indirectas fijado por el MGAP. Así, por ejemplo, se considera el 93% del incremento de la venta de soja como exportada, o el 71% de la leche. Para el ganado vacuno y ovino se considera el incremento en la renta bruta de semoviente en lugar de ventas y sus coeficientes son 72% y 80% respectivamente.
El indicador descentralización implica la generación de puntos para los proyectos que se radiquen en el Interior del país. Sin embargo, para aquellos proyectos que realicen inversiones en localidades donde ya se estuvieran desarrollando actividades, se les exige que deben contar con al menos un punto en el indicador generación de empleo.
El indicador tecnologías limpias se aplica para promover las inversiones que contribuyen a una producción más sostenible ambientalmente. Se promueve la incorporación de sistemas de energía solar térmica, eólica, solar fotovoltaica; de bombas de calor de tecnología inverter o clase A o superior, bombas de calor con acumulación de agua, luminarias led de exterior, vehículos eléctricos, sistemas de cogeneración de energías, entre otros.
Específicamente para el sector agropecuario, se considera además inversión en tecnología limpia los:
- Reservorios de agua para uso agropecuario que puedan subsanar períodos de déficits hídricos (tanques australianos, pozos, represas, tajamares).
- Sistemas de conducción del agua para uso agropecuario.
- Sistemas de riego para uso agropecuario.
- Sistemas de suministro de agua para animales.
El último de los indicadores generales es el de Investigación, desarrollo e Innovación,fomentando la investigación y desarrollo experimental y la innovación en productos o procesos.
Sectoriales agropecuarios
Además de los indicadores generales se podrá optar por indicadores adicionales en función del sector de actividad.Para los proyectos evaluados por el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca las empresas podrán puntuar por el indicador de desarrollo de capitales o por el de Energías renovables de vanguardia y además optar por uno de los siguientes: Adaptación al cambio climático, Diferenciación de productos o procesos o Capacitación de trabajadores rurales.
El indicador de Adaptación al Cambio Climático promueve las inversiones en:
- Gestión del agua (reservorios, conducción, utilización en riego y suministro a animales).
- Instalación de nuevos montes de abrigo y sombra.
- Instalación de nuevas cortinas rompevientos.
- Instalación de subdivisiones permanentes para mejorar el manejo del campo natural (alambrados).
También se puede optar por aplicar el indicador de Diferenciación de productos y procesos obteniendocertificaciones en Buenas Prácticas Agrícolas, Producción Forestal sostenible y sustentable, Producción de carne orgánica, Certificación de carnes, Inocuidad de los alimentos, ISO 22000 – inocuidad alimentaria, Producción Responsable de Soja y su Cadena de Custodia.
Por último, el tercer indicador sectorial para el agro es el de capacitación de trabajadores rurales. Se fomenta la capacitación de trabajadores y técnicos que participen en programas de capacitación avalados por la Dirección Nacional de Empleo del MTSS.
Beneficios impositivos
En el régimen de promoción de inversiones, el porcentaje de exoneración del IRAE dependerá del puntaje obtenido de la matriz de indicadores y podrá variar entre un 20% y un 100% de la inversión elegible. Pero la exoneración de IRAE a utilizar por ejercicio económico no puede ser mayor al 60% del impuesto del ejercicio. Por su parte, el plazo para aprovechar los beneficios también dependerá de los puntos obtenidos en la matriz y será de un mínimo de tres años.
En forma transitoria, las empresas que cierren ejercicio en el período comprendido entre el 1º de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021 podrán deducir hasta un 90% del impuesto del ejercicio.
Adicionalmente, se podrá acceder a beneficios de exoneración de Impuesto al Patrimonio, de IVA y tasas y tributos a la importación en determinadas condiciones.
Beneficios transitorios hasta marzo 2021
Para los proyectos de inversión presentados entre el 1º de abril del 2020 y el 31 de marzo del 2021, el porcentaje de exoneración que surja de la matriz de indicadores se verá incrementado en un 20%, siempre que al menos el 75% de la inversión total del proyecto se ejecute antes del 31 de diciembre de 2021.
Adicionalmente, las inversiones realizadas entre el 1º de abril del 2020 y el 31 de marzo de 2021 se computarán por el 150% a los efectos del cómputo del monto exonerado del Impuesto a la renta de las actividades económicas.
*Contador Público. Advanced Management Program, Esade Barcelona-ORT. Socio Gerente de Consultoría y Asesoramiento Contable de Carle&Andrioli, Mentor de Endeavor y Profesor de Universidad ORT.