Tributación de activos digitales en Uruguay: un análisis actual

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En los últimos años, el mercado de activos digitales ha crecido exponencialmente a nivel global, y Uruguay no ha sido la excepción. Con el auge de las criptomonedas y otras formas de bienes intangibles en el país, surge la necesidad de regular y fiscalizar este tipo de activos para mantener un sistema tributario equitativo y moderno. En este artículo, analizamos la situación actual y las perspectivas futuras de la tributación de activos digitales en Uruguay.

Por Cra. Cecilia Santucho Duarte (*)

Definición de activos digitales

Los activos digitales son representaciones digitales de valor que pueden ser intercambiadas, transferidas o utilizadas como medio de pago en plataformas electrónicas. Incluyen, entre otros, las criptomonedas (como Bitcoin y Ethereum), tokens no fungibles (NFT), y otros tipos de tokens basados en tecnología blockchain. Estos activos son intangibles y pueden variar significativamente en valor debido a factores como la oferta y demanda, la adopción tecnológica y las regulaciones de mercado.

A diferencia de las monedas tradicionales, los activos digitales no están respaldados por un banco central o una entidad gubernamental, lo que les otorga una naturaleza descentralizada. Esta característica, junto con su capacidad para ser transferidos globalmente de manera rápida y económica, los convierte en un medio de intercambio atractivo, aunque también en un reto para los sistemas regulatorios y fiscales.

Clasificación de activos digitales

En Uruguay, las criptomonedas y otros activos digitales son tratados como bienes intangibles. A pesar de que la Dirección General Impositiva (DGI) aún no ha establecido una normativa específica para estos activos, aplica las disposiciones generales de la normativa vigente. Esto implica que, si bien no existe una regulación exhaustiva, las transacciones con criptomonedas pueden estar sujetas a impuestos según las circunstancias.

Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF)

El tratamiento fiscal de las criptomonedas bajo el IRPF depende de si las actividades con estos activos son habituales u ocasionales. Las ganancias derivadas de la venta o intercambio de criptomonedas pueden ser consideradas como rendimientos de capital y estar sujetas a IRPF si se determina que la actividad es profesional o habitual. En este sentido:

  • Las personas que operan de manera frecuente o profesional deben incluir las ganancias obtenidas en su declaración de IRPF.
  • Para aquellos que realizan transacciones esporádicas o utilizan criptomonedas como inversión personal y no habitual, existe un vacío normativo, lo que podría implicar que estas ganancias no tributen en ciertos casos.

Valuación de activos digitales para IRPF

La valuación de los activos digitales para el cálculo del IRPF se basa en los principios generales establecidos por la DGI en ausencia de una normativa específica:

  • Se utiliza el valor de mercado al momento de la transacción o del cierre del ejercicio fiscal. Este valor puede obtenerse de plataformas de intercambio reconocidas que operen en Uruguay o a nivel internacional.
  • Es esencial documentar las operaciones con criptomonedas para demostrar que el valor declarado corresponde al de mercado en el momento de la transacción. Esto incluye capturas de pantalla, confirmaciones de intercambio o extractos de cuenta de las plataformas utilizadas.
  • En línea con el principio de realización, las rentas solo se gravan cuando las ganancias se materializan, es decir, cuando se realiza la venta o intercambio del activo digital por una moneda de curso legal u otro bien.

Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE)

Las empresas que operan con criptomonedas de forma habitual o como parte de sus actividades económicas deben tributar bajo el IRAE. Este impuesto aplica a las plataformas de intercambio, empresas que aceptan pagos en criptomonedas o aquellas que utilizan estos activos como forma de inversión.

Las ganancias de capital obtenidas por la venta de criptomonedas se incluyen en la renta neta de la empresa y tributan a la tasa general del IRAE, que es del 25%. En este caso, la DGI trata estas operaciones como cualquier otra transacción económica, por lo que la tributación es clara para quienes operan como empresas.

Impuesto al Patrimonio

En cuanto al Impuesto al Patrimonio, los activos digitales deben ser declarados parte del patrimonio de las personas físicas o jurídicas. La valoración de estos activos, sin embargo, presenta ciertos desafíos, dado que no existe un método específico establecido para determinar su valor. En general, se recomienda declarar su valor de mercado en el momento de liquidar el impuesto, lo que puede generar incertidumbre dada la volatilidad de estos activos.

Impuesto al Valor Agregado (IVA) y activos digitales

Las transacciones directas con criptomonedas no están sujetas a IVA en Uruguay, ya que no se consideran ni bienes tangibles ni servicios gravados. Sin embargo, las empresas que ofrecen servicios relacionados con criptomonedas, como plataformas de intercambio o servicios de custodia, pueden estar sujetas a IVA si sus actividades son gravadas de acuerdo con la legislación vigente.

Perspectivas futuras y regulación

La DGI se encuentra en proceso de evaluar el marco regulatorio actual para adaptarse a la evolución de los activos digitales y asegurar la correcta tributación de las operaciones. Con este fin, se espera que en el futuro se emitan normativas específicas que establezcan claramente la tributación de las ganancias derivadas de las criptomonedas y la obligación de informar sobre estas transacciones.

Uruguay también sigue de cerca las recomendaciones de la OCDE, que busca fomentar la transparencia fiscal y la cooperación internacional para evitar la evasión mediante el uso de criptomonedas. A medida que el mercado de activos digitales continúe creciendo, es probable que se incrementen las exigencias de información y control sobre estas transacciones.

Conclusión

La tributación de activos digitales en Uruguay se encuentra en un proceso de evolución y ajuste, con la DGI adaptándose a un mercado en crecimiento y cada vez más complejo. Para quienes operan en este sector, es fundamental mantenerse informados sobre las actualizaciones normativas y cumplir con las obligaciones tributarias vigentes para evitar contingencias fiscales.

Con la regulación internacional y la presión de organismos como la OCDE, es previsible que las criptomonedas en Uruguay estén sujetas a mayores controles y regulaciones en los próximos años, lo que permitirá una mayor claridad y seguridad en el manejo y tributación de estos activos.

(*) Integrante del Equipo de Galante & Martins