En un mundo cada vez más globalizado, en donde cualquier hecho o acción puede ser fácilmente conocido al instante desde cualquier punto del mapa surge (de tantas) una gran interrogante: si bien es sabido que en cada país existe un sistema normativo de protección de derechos de las personas, ¿cómo puedo evitar que mis derechos se vean vulnerados en otras partes del mundo encontrándome en Uruguay?
Por Dr. Facundo Moreno Bentancor (*)
Dicha interrogante se ve fuertemente planteada en el ámbito de los inventores e innovadores de nuestro país, quienes, si bien tienen un conglomerado legal de protección para evitar la reproducción ilegal, el uso no autorizado, etc., de sus invenciones, estas perfectamente pueden ser pirateadas o utilizadas sin autorización de su autor en otras partes del planeta.
Uno bien podría pensar que la solución (aunque costosa) sería trasladarse hasta dicho Estado y comenzar (según le permita la legislación nacional del mismo) una reclamación por dichos daños, pero ello claramente no ofrece la certeza que uno busca en relación al costo que conlleva.
Qué es el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes
El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) regula la protección de las invenciones mediante las patentes en muchos países al mismo tiempo. Esto ocurre mediante la presentación de una solicitud a nivel internacional de la patente.
Dicha solicitud internacional puede ser presentada únicamente por los nacionales o los residentes de todos aquellos estados contratantes del PCT. Por lo general, este trámite de presentación se realiza ante la oficina nacional de patentes del estado contratante de nacionalidad o de domicilio del solicitante (en Uruguay, la Dirección Nacional de Propiedad Industrial) o, a elección de este, ante la Oficina Internacional de la OMPI, en Ginebra.
La solicitud debe presentarse, además, de acuerdo a los requisitos formales que establece el PCT. La presentación de la solicitud internacional de acuerdo al PCT implica, desde el punto de vista jurídico, el mismo efecto que la presentación de una solicitud nacional ante la oficina nacional de patentes de cada uno de los estados contratantes del PCT.
El PCT y el proyecto de ley
En el mes de julio del año 2023, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento Nacional un proyecto de ley en el cual se planteaba la posibilidad de que nuestro país adhiriera al PCT, administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) dentro del marco de las Naciones Unidas, vigente desde el año 1970, con sus posteriores enmiendas y modificaciones.
Dicha norma supranacional permite (entre otras), la protección de innovaciones e invenciones, las cuales pueden ser patentadas mediante trámites simples y de bajo costo, y que dichas patentes sean reconocidas al instante en los demás países que forman parte del acuerdo.
El PCT en el ámbito legislativo
El 4 de junio del presente (luego de un largo período de discusiones y consultas), dicho proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados, para que, en días posteriores, precisamente el 11 de junio, la Cámara de Senadores le diera el visto bueno, logrando así transitar la etapa que más tiempo suele tomar en materia de formulación de leyes.
Si bien ambas cámaras avalaron, aún resta la promulgación por parte del Poder Ejecutivo, y el posterior depósito ante el director general de la OMPI, pero podemos afirmar que nuestro país se une a una extensa lista de 157 países que adhirieron a dicho acuerdo, y en los cuales quedará garantizado el resguardo de los derechos de nuestros inventores e innovadores nacionales.
Consideraciones finales
Nuestro país logra un claro avance en el campo de la propiedad intelectual, protegiendo a nuestros inventores e innovadores de posibles plagios o usos indebidos de sus obras, evitando así la vulneración de sus derechos como propietarios de las mismas.
Restará adaptar ciertas prácticas de nuestro sistema a efectos de cumplir con los estándares requeridos por el PCT, lo que entendemos tomará un tiempo, el cual no es problema viendo el progreso que significa este hito para emprendedores y empresas de nuestro país.
(*) Integrante del Equipo Legal de Galante & Martins