Se establecieron nuevos incentivos para empresas del sector privado que contraten trabajadores en relación de dependencia que sean personas jóvenes entre 15 y 29 años, personas mayores de 45 años y personas con discapacidades, haciendo especial énfasis en la contratación de mujeres.
Por Lorena García Barrios (*)
El pasado 10 de septiembre se reglamentó la Ley 19.973 que introdujo cambios en la instrumentación de las políticas de empleo, aplicables a las empresas que promuevan la contratación de personas que se encuentran con ciertas dificultades en la inserción al mercado de trabajo.
Para poder acceder a los diferentes programas de empleo y sus beneficios, las empresas y los trabajadores deberán inscribirse por la plataforma de vía trabajo, la que facilita el proceso de preselección de capital humano, conectando a ambas partes según la práctica elegida.
Empleo para jóvenes
La normativa definió cinco modalidades en la promoción del empleo para jóvenes de entre 15 y 29 años:
- Subsidio para contratación de jóvenes desempleados
Esta modalidad comprende a jóvenes que se encuentren desempleados por un periodo mayor a 12 meses o discontinuo superior a 15 meses en los últimos dos años previos a la contratación.
Las empresas que los contraten gozarán de un subsidio que se determinará aplicando un porcentaje sobre la remuneración mensual gravada por contribuciones especiales a la seguridad social (CESS), con un tope que varía en función de que el trabajador sea contratado por jornada completa o parcial. Si la persona contratada es mujer o es un joven con personas a cargo, el porcentaje será del 40% de la retribución mensual, con un tope de $ 9.000 cuando sea por jornada completa y la mitad si es jornada parcial. Para el resto de los casos, el subsidio será del 30% de la retribución nominal, con un tope de $ 7.000 mensual, si se contrata por jornada completa y la mitad cuando se trate de jornada parcial.
- Contratos de primera experiencia laboral
En esta categoría se incluye a jóvenes de entre 15 y 24 años que no han tenido una experiencia formal de trabajo previa, por un plazo continuo y mayor a los 90 días, o que en los últimos dos años no hayan superado los 90 días de trabajo en forma discontinua.
En este caso, si la contratación es por jornada completa, el subsidio será de $ 6.000 si la persona contratada es varón o de $ 7.500 si es mujer. Cuando la contratación es por jornada parcial, el subsidio desciende a la mitad.
Cuando se superen los doce meses, la empresa dejará de percibir el beneficio anterior, pero gozará de una exoneración del 100% de los aportes jubilatorios patronales, por lo que dure la contratación y hasta que el trabajador cumpla sus 25 años de edad.
- Práctica laboral para egresados
Comprende a jóvenes egresados de centros públicos o privados, habilitados en enseñanza universitaria, técnica, comercial, agraria o de servicios.
El subsidio al que accederán las empresas será del 15% de las retribuciones mensuales gravadas por CESS que perciba el trabajador, con un tope del 15% de dos salarios mínimos nacionales (SMN), o sea actualmente $ 5.379.
- Trabajo Protegido
Incluye a jóvenes desempleados que pertenezcan a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza, actualmente $ 17.111 para Montevideo y $ 11.133 para el Interior del país.
En este caso, el subsidio será del 40% de la retribución mensual gravada por CESS, si la persona contratada es varón y del 60% si es mujer
La modalidad también comprende la contratación de personal realizada en el marco de programas de trabajo protegido joven, los cuales deben ser evaluados previamente por la Dirección Nacional de Empleo e incluir acompañamiento social del beneficiario y supervisión educativa, subsidios a empresas participantes y capacitación al beneficiario.
En esta situación, el porcentaje del subsidio mencionado será del 60% en el caso de varones y del 80% en el caso de mujeres.
El tope del subsidio es del 80% de dos SMN, actualmente $ 28.688.
- Prácticas formativas
Comprende la contratación de jóvenes en el marco de cursos de educación o capacitación laboral, con el objetivo de ampliar conocimientos, permitiéndoles aplicar sus conocimientos adquiridos en la formación recibida.
El subsidio será de hasta el 50% de la retribución, calculada sobre el 75% del salario mínimo de la categoría. Además, podrán percibir un subsidio por el tutor que deben asignar de hasta el valor mínimo de la categoría, por un máximo de 60 horas mensuales.
También están previstas las prácticas formativas no remuneradas, las cuales no pueden tener una duración mayor a 120 horas ni representar más del 50% de la carga horaria del curso o carrera. El trabajador debe tener cubierto por la empresa el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Empleo para mayores de 45 años
Para el empleo de personas mayores de 45 años las normas previeron dos modalidades de contratación:
- Mayores de 45 años en situación de desempleo
La modalidad incluye la contratación de personas que se encuentren desempleadas por un periodo mayor a 12 meses o discontinuo superior a 15 meses en los últimos dos años previos a la contratación.
El subsidio será de $ 7.000 mensuales si la persona contratada es varón y de $ 8.000 si la persona contratada es mujer, cuando la jornada de trabajo sea completa. En el caso de trabajadores con personas a cargo, el subsidio asciende a $ 9.000 mensuales. El monto del subsidio se reduce a la mitad cuando la contratación es por jornada parcial.
2. Trabajo protegido para mayores de 45 años
Comprende la contratación de personas desempleadas y que pertenezcan a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza (ingresos menores a $ 17.111 en Montevideo y $ 11.133 en el Interior).
El subsidio será del 40% de la retribución mensual gravada por aportes jubilatorios, si la persona contratada es varón y del 60% si es mujer.
Cuando la contratación del personal se realiza en el marco de programas de trabajo protegido joven, el porcentaje del subsidio mencionado será del 60% en el caso de varones y del 80% en el caso de mujeres.
El tope del subsidio es del 80% de dos SMN, actualmente $ 28.688.
Empleo para personas con discapacidad
En este caso, se promociona la contratación de personas mayores de 15 años con discapacidad que se encuentren desempleadas por un periodo mayor a 12 meses o discontinuo superior a 15 meses en los últimos dos años previos a la contratación.
El subsidio será de $ 7.000 mensuales si la persona contratada es varón y de $ 8.000 si la persona contratada es mujer, cuando la jornada de trabajo sea completa. En el caso de trabajadores con personas a cargo, el subsidio asciende a $ 9.000 mensuales. El monto del subsidio se reduce a la mitad cuando la contratación es por jornada parcial.
Requisitos generales
Los contratos de trabajo que se firmen al amparo de alguna de las diferentes modalidades deben ser por un plazo superior a seis meses y en algunos casos no pueden superar los 12 meses. La normativa exige, además, que las empresas se encuentren al día ante BPS, DGI y MTSS, y no hayan realizado despidos ni envíos al seguro por desempleo en los últimos noventa días a trabajadores que ocupen los mismos cargos que se contratan, con excepciones de las desvinculaciones por notoria mala conducta o por trabajos zafrales o a término.
(*) Contadora Pública, Responsable del sector laboral del departamento Contable Tributario Carle & Andrioli, firma miembro independiente de GGI Global Alliance