Nuevos criterios de elegibilidad para los proyectos de inversión

Columna > Carle & Andrioli

Foto: Pixabay

La Comisión de Aplicación de la Ley de inversiones (COMAP) emitió recientemente las pautas de aplicación del nuevo Decreto que regula el régimen de promoción de inversiones que  se encuentra vigente desde el pasado 29 de mayo.

Por: Cra. Mariana Gelpi (*)

El nuevo Decreto 143/018 establece un plazo de transición en el cual las empresas pueden optar por presentar un proyecto al amparo del mismo o del anterior Decreto 2/012.  Dicho plazo se modificó, a través del Decreto 259/018, extendiéndose hasta el próximo 25 de octubre la posibilidad de optar por la normativa más conveniente, según las características del proyecto.

Desde el mes de agosto se encuentran publicados los criterios de aplicación de esta nueva normativa emitidos por la COMAP.

Acerca de la matriz de indicadores, al igual que lo hacía la normativa del Decreto anterior, se establece que para acceder al régimen promocional se debe alcanzar al menos un punto, el cual equivale a una exoneración de IRAE del 20 % y tres años para su utilización. A su vez, también se debe obtener como mínimo  0.5 puntos en la suma de los indicadores sin considerar la descentralización.

Generación de Empleo

En cuanto al indicador Generación de Empleo, los puntos del mismo dependen de la inversión elegible  y el incremento de empleo comprometido en el proyecto. Ya no se habla de Unidades de Cuenta Empleo (UCES) como lo hacía la normativa anterior pues no inciden las categorías de remuneración de los trabajadores.

Las pautas de COMAP explican la forma de medición del empleo, las consideraciones a tener en cuenta para los distintos trabajadores y los puntos adicionales por contratación de colectivos vulnerables, tales como la contratación de personal femenino, menores de 25 años, trabajadores con discapacidad y trabajadores rurales.

Exportaciones

En lo que refiere al indicador Aumento de Exportaciones, al igual que sucede con el indicador empleo, hay un cambio en el período considerado como “situación inicial”, es decir, aquel período anterior al proyecto con el cual se compara para medir el incremento del indicador, que ahora será el promedio de los doce meses anteriores a la presentación del proyecto de inversión. Es decir, que para este indicador tampoco se tendrá más en cuenta la fecha de la primera inversión realizada, como sucedía con la normativa anterior.

Descentralización

Con respecto al Indicador descentralización, el nuevo Decreto establece que sólo puntúan aquellas inversiones realizadas en los departamentos del interior del país.  En cuanto a aquellos proyectos que realicen inversiones en localidades donde ya se estuvieran desarrollando actividades, se les exige que deben contar con al menos un punto en el indicador generación de empleo para poder sumar puntos por descentralización. Las pautas de la COMAP explican que esta condición se debe cumplir en cada localidad específica, para lo cual se deberá medir el puntaje del indicador, empleo, en función del incremento comprometido y la inversión a realizar en cada una de ellas.

Por otro lado, aquellos proyectos de inversión catalogados como Turísticos que se instalen en Montevideo contarán con 6 puntos por descentralización, mientras que los proyectos que se instalen en las inmediaciones del Complejo Antel Arena obtendrán 10 puntos en este indicador.

Tecnologías Limpias

Acerca de las inversiones que puntúan para el indicador Tecnologías Limpias, se presentan varios cambios en la lista taxativa de inversiones computables así como en el listado de otras inversiones potencialmente computables. A vía de ejemplo, en la normativa anterior sumaban puntos los aires acondicionados con tecnología de volumen de refrigeración variable (VRF o VRV) mientras que ahora podemos encontrar, en sentido más amplio, que puntúan para este indicador no sólo estos últimos sino las Bombas de calor de tecnología Inverter clase A o superior.Por el contrario, en el caso de las luminarias LED la nueva normativa es más restrictiva ya que ahora solo puntúan aquellas que sean para iluminación exterior y que a su vez cumplan  con ciertas características de eficiencia.

También  entre otros cambios, los sistemas de energía solar térmica, eólica, solar fotovoltaica y residuos puntúan siempre que estén en el marco de medidas promocionales del Poder Ejecutivo. Se está aguardando que estas últimas sean establecidas por COMAP.

Indicadores Sectoriales

En cuanto a los indicadores sectoriales que son comunes a todas las actividades, se mantiene el Indicador  “Desarrollo del Mercado de Capitales” y se agrega en esta nueva normativa el indicador “Energías renovables de vanguardia”. Este nuevo indicador busca incentivar la inversión en fuentes de generación o aprovechamiento de energía, tal como la geotermia, undimotriz, maremotriz y solar de concentración.

A su vez, cabe destacar que las inversiones que puntúan para el indicador sectorial de Energías renovables de vanguardia lo hacen también para el indicador Tecnologías limpias, ya que estas inversiones están comprendidas en la lista taxativa emitida por COMAP.

Por otra parte, el indicador de Nivel Tecnológico del Producto Elaborado, asociado a inversiones en generación de energía proveniente de fuentes renovables no tradicionales, que en el régimen anterior era elegible para todos los sectores de actividad, en la nueva normativa sólo es elegible para proyectos del sector Industria.

Indicadores sector Comercio y Servicios

Con respecto a los indicadores sectoriales por los que podrán optar aquellas empresas del sector comercio y servicios, encontramos la Formación continua y capacitación de los trabajadores y la Diferenciación de productos y procesos a través de certificaciones oficiales o de reconocimiento internacional. Ya no suman puntos la contratación de trabajadores de ciertos colectivos vulnerables, ni las cláusulas adicionales a las previstas en los colectivos salariales, tal como lo hacían en el régimen anterior.

Indicadores sector Turismo

Sobre los indicadores por los cuales pueden optar los proyectos del sector Turismo, se incorpora la certificación de edificios sostenibles-Certificación LEED mientras que permanecen los indicadores de Formación continua y capacitación de trabajadores y también puntúan aquellas inversiones que buscan mejorar los servicios e infraestructura por encima de los mínimos exigidos según la normativa correspondiente.

Indicadores sector Industria

En cuanto a los indicadores sectoriales de proyectos del sector Industria se incorporan dos nuevos objetivos: Por un lado, el indicador “Sectores y Tecnologías Estratégicos” que busca promover inversiones o disciplinas jerarquizadas en el marco del Sistema Nacional de Transformación Productiva y Competitividad así como estimular la incorporación de nuevas tecnologías en sectores industriales. Por otro lado, se adiciona un indicador que busca promover la obtención y difusión del sello de la industria nacional, otorgando puntajes a las certificaciones según si la clasificación del sello es A, B o C.

A su vez, se mantienen los indicadores de Nivel Tecnológico del producto elaborado y la Formación Continua y capacitación de trabajadores.

Indicadores sector Ganadería, Agricultura y Pesca

Respecto al Indicador de Inversiones en Adaptación al cambio climático, del sector Ganadería, Agricultura y Pesca, hay una variación en el puntaje, ya que ahora se le otorga un punto cada 10% de participación de la inversión asociada al indicador respecto de la inversión total, mientras que en el régimen anterior el porcentaje era de un 5%. Se mantiene los indicadores Diferenciación de productos y procesos y Capacitación de trabajadores rurales, al igual que en la normativa anterior.

Este mes de octubre es el último para analizar la normativa más conveniente y optar por presentar un proyecto al amparo del Decreto 2/012 o del 143/018.

(*) Contadora Pública, Integrante del Departamento  de Consultoría de CARLE & ANDRIOLI, firma miembro independiente de Geneva Group International 1º de octubre de 2018