Aunque ambos caminos tienen diferencias importantes, “suponen una mayor apertura externa, tan necesaria para alcanzar mayores niveles de desarrollo y prosperidad”, interpreta un informe del CED. Las principales ganancias de un acuerdo con China no están por el lado de la reducción de aranceles —aunque son relevantes—, sino por “potenciar la internalización de sectores que aún no son exportadores a dicho mercado”. No obstante, advierte “un potencial riesgo” de mayor concentración y dependencia. Las mayores ventajas de una adhesión al Cptpp están en la diversificación exportadora tanto en destinos como productos.
El último Boletín Macroeconómico del Centro de Estudios para el Desarrollo (CED) se enfocó en los impactos que podría traer tanto la concreción de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con China, como la posible adhesión al Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (Cptpp). En tal sentido, y considerando el debate actual sobre la necesidad de que la economía uruguaya se abra al mundo, el CED se plantea cuáles serían las implicancias de avanzar en una dirección, en la otra, o en ambas.
El documento hace énfasis sobre “la necesidad de abrirse al mundo”. Se critica que en las últimas décadas el Mercosur prácticamente no logró ningún acuerdo con países que representen destinos significativos para las exportaciones, aunque se constató un fuerte aumento del peso de los mercados asiáticos. Esto último, según el CED, “es probablemente el principal cambio en el comercio internacional” del bloque.
Sin embargo, lamenta que el Mercosur “no pudo o no supo reaccionar adecuadamente y continúa sin lograr ningún tipo de acceso preferencial a dichos mercados”, como sí lo hicieron otros países como Australia, Nueva Zelanda o Chile, que han reducido drásticamente su vulnerabilidad comercial.
“Por tanto, la apuesta por lograr acuerdos comerciales con terceros países por fuera de la órbita de la unión aduanera es bienvenida y necesaria”, subraya.
El TLC con China
Respecto a la posible concreción de un TLC con China, el CED destaca que tras un proceso de fuerte crecimiento durante 30 años, el gigante asiático se convirtió en la segunda gran economía del planeta. En ese sentido, en los próximos años aumentará su peso como “gran importador”, para poder abastecer a su inmensa y creciente clase media”.
Actualmente, China cuenta con 16 TLC, entre los que se encuentran varios competidores de Uruguay. Cabe señalar el fuerte peso que tiene en las exportaciones uruguayas, ya que representa un 28% del total colocado al exterior.
En este sentido, se interpreta que “las mayores ganancias de un potencial acuerdo con el gigante asiático no están por el lado de disminuir aranceles (que son relevantes), sino aspirar a potenciar la internalización de sectores que aún no son exportadores a dicho mercado”. Por su parte, “un potencial riesgo” sería aumentar la concentración y dependencia con quien ya es nuestro principal cliente. No obstante, se entiende que, dada la escala de la economía china y sus crecientes demandas y necesidades, esta eventual limitante implica una ventana de oportunidad para ampliar el comercio, diversificar nuestros productos y consecuentemente ampliar la frontera de posibilidades de producción de muchos sectores agroindustriales.
La adhesión al Cptpp
En cuanto una posible adhesión al Cptpp, se recalca que el acuerdo fue firmado en 2016 por Japón, Canadá, México, Singapur, Vietnam, Australia, Malasia, Chile, Perú, Nueva Zelanda y Brunéi. Se trata, por tanto, de “un bloque bien diverso en materia de ingreso per cápita, posicionamiento geopolítico, idiosincrasia y ventajas comparativas”.
A diferencia del gran peso de China, los países que forman este acuerdo representan en conjunto solo el 7% de las exportaciones de bienes de Uruguay, aunque tiene cierta incidencia en las exportaciones de servicios.
“En este sentido, las mayores ganancias de una potencial adhesión al tratado están en la diversificación exportadora tanto en destinos como productos”, indica el CED. Asimismo, la adhesión al Cptpp implica demostrar cumplimiento de la normativa vigentemente establecida y negociada entre sus miembros. Es decir, Uruguay no negocia, sino que aplica o no (con calendarios diferenciados de aplicación de la norma) a cada uno de los 30 capítulos que incluye el tratado.
A modo de conclusión, el CED remarca que “claramente, ambos (acuerdos) tienen sus diferencias de diseño, implementación, forma de negociación, alcance, entre otros aspectos relevantes”. Aun así, defiende que “ambos caminos suponen una mayor apertura externa, tan necesaria para alcanzar mayores niveles de desarrollo y prosperidad”.