La forestación en el Uruguay

EDICIÓN ESPECIAL 40 ANIVERSARIO

POR WALTER H. PAGÉS, INTEGRANTE DE UNO DE LOS PRIMEROS CONSEJOS EDITORIALES DE CRÓNICAS


La industria forestal se ha convertido en un pilar de la economía uruguaya, convirtiéndose en una de las actividades productivas en las últimas tres décadas. Esto ha permitido la instalación de importantes compañías industrializadoras en el país. En este artículo analizamos este fenómeno y sus impactos.

El medio ambiente

El ambiente en el cual el hombre desarrolla sus actividades está cada vez más afectado por fenómenos negativos para su salud y la del planeta. Unos de carácter universal, tales como la contaminación del aire y las aguas, la deforestación y la erosión de los suelos, la destrucción de la capa de ozono y el efecto invernadero. Otros de carácter local, como el uso inadecuado de agroquímicos, plaguicidas y fertilizantes, la contaminación de los ríos, la deposición de aguas servidas y aparatos eléctricos y electrónicos, el monitoreo de las plantas de celulosa y otras industrias, y la protección de fauna y el bosque nativo.

Dada la amplitud del tema y su importancia, por ley N° 19889 del 9/7/2020 se ha creado el Ministerio de Ambiente, con el acuerdo de todos los sectores políticos, con amplias facultades en la materia.

Además, ante la Cumbre de Ambición Climática de las Naciones Unidas, Uruguay se ha comprometido a reducir en un 50% las emisiones de gases de efecto invernadero hacia el año 2050.

El efecto invernadero

El efecto invernadero consiste en la acumulación de gases tóxicos en la atmósfera, principalmente anhídrido carbónico (CO2), producidos por emanaciones de procesos industriales, el uso de combustibles fósiles en el transporte, la quema de bosques, y las emanaciones de gas metano (CH4) y óxido nitroso (N20) provocadas por las deyecciones de ganado.

Las consecuencias de estos fenómenos son el aumento de la temperatura de la tierra, el deshielo, la desaparición de costas y ciudades costeras, el desplazamiento de áreas de aptitud agrícola, y nuevas enfermedades.

Las plantaciones forestales constituyen una forma de enfrentar este problema, dada la capacidad de los árboles de captar y almacenar carbono atmosférico a través de su follaje. El árbol toma el anhídrido carbónico, libera oxígeno y se queda con el carbono.

La Comisión de Cambio Climático de las Naciones Unidas estableció en Tokio, con la firma de 170 países incluyendo a Uruguay, la utilización del Crédito por Carbono (GEI), a favor de las áreas forestadas, como forma de compensar las sanciones que pudieran establecerse por contaminar el medio ambiente.

La ley forestal

La Ley Forestal N° 15939 aprobada el 28/12/87 sustituye y amplía los términos de la también ley forestal N° 13723 del 16/12/68. 

En lo fundamental, la ley actual establece: 

Artículo 1 – Declárese de interés nacional la defensa, el mejoramiento, la ampliación, la creación de recursos forestales, el desarrollo de las industrias forestales y, en general, de la economía forestal.

Artículo 5 – Son terrenos forestales aquellos que, arbolados o no: A) Por sus condiciones de suelo, aptitud, clima, ubicación y demás características, sean inadecuados para cualquier otra explotación o destino de carácter permanente y provechoso; y B) Son calificados como de prioridad forestal mediante resolución del Ministerio de Agricultura y Pesca, en función de la aptitud forestal del suelo, o razones de utilidad pública.

En los artículos 6 y 7 se establece que la Dirección Forestal será el órgano ejecutor de la política forestal con amplios cometidos.

Artículo 8 – Los bosques particulares se calificarán según sus fines de la siguiente forma: A) Protectores, cuando tengan fundamentalmente el fin de conservar el suelo, el agua, y otros recursos renovables, y B) De rendimiento, cuando tengan por fin principal la producción de maderas leñosas y resulten de especial interés nacional por su ubicación o por la clase de madera u otros productos forestales que de ellos pudieran obtenerse.

El título 5 refiere a los beneficios tributarios:

Artículo 39 – Los bosques artificiales existentes o que se planten en el futuro, declarados protectores según el artículo  8, los de rendimiento en las zonas declaradas de prioridad forestal y los bosques naturales declarados protectores de acuerdo al mencionado artículo, así como los terrenos ocupados o afectados directamente a los mismos, gozarán de los siguientes beneficios tributarios: 1) Estarán exentos de todo tributo nacional sobre la propiedad inmueble rural y de la contribución inmobiliaria rural. 2) Sus respectivos valores o extensiones no se computarán para la determinación de: a) ingresos a los efectos de la determinación de los ingresos que gravan la renta ficta de las explotaciones agropecuarias (Imagro) u otros que se establezcan en el futuro y tengan similares hechos generadores, y b) monto imponible del impuesto al patrimonio. 3) Los ingresos derivados de la explotación de los bosques no se computarán a los efectos de la determinación del ingreso gravado en el impuesto a las rentas agropecuarias (IRA) u otros que se establezcan en el futuro y tengan los mismos hechos generadores.

El título VI establece normas de Fomento de las Empresas Forestales, bajo determinadas condiciones. La normativa se completa con leyes y decretos reglamentarios relativos a aspectos parciales del tema.

Forestación realizada

Durante 20 años de vigencia de la primera Ley Forestal, se plantaron 45.000 hectáreas. Durante los 30 años de vigencia de la ley actual se plantaron 1.200.000 hectáreas en zonas de prioridad forestal, en buena parte a causa del estímulo de los beneficios tributarios. 

Al momento actual han sido declaradas zonas de prioridad 4.300.000 hectáreas, por lo tanto, existe un margen importante de trabajo en el futuro para cumplir con los objetivos de la ley.

Las plantaciones realizadas han tenido un fuerte impacto económico y social en diferentes sectores de actividad, a saber:

1 – Medio ambiente

Además de la captación del carbono ambiental, la plantación de árboles en suelos pedregosos o erosionados genera alternativas de trabajo antes inexistentes, para los habitantes de la zona.

2 – Industrias de procesamiento

Existiendo disponibilidad suficiente de madera, es posible la instalación de empresas de procesamiento de la misma y la creación de puestos de trabajo. 

Hasta el momento se estima en más de 1.700 las empresas instaladas en el sector, con capacidad de dar empleo a unos 25.000 trabajadores.

La variedad de usos de la madera es amplia: paneles, chips, madera aserrada y terciada, papel y cartón, muebles y construcción de viviendas, etc. 

En la mayoría de los casos las empresas que se han instalado en Uruguay han realizado importantes inversiones de capital y producen para el consumo interno y la exportación, alentados no solo por la existencia de la materia prima, sino también por la vigencia de la política de promoción.

3 – Plantas de celulosa

Al amparo de la Ley Forestal y de la actualizada Ley de Zonas Francas, y del potencial de las plantaciones, se han instalado dos plantas de producción de celulosa en funcionamiento, y se ha aprobado la construcción de una tercera, en proceso de instalación.

Esta tercera planta hará una inversión de US$ 2.000 millones, la inversión en el sector privado más importante en la historia del Uruguay.

4 – La agropecuaria

De las 17.600.000 hectáreas de superficie con que cuenta el país, unas 16.700.000 se consideran productivas, de las cuales 4.300.000 (26 %) han sido declaradas de prioridad forestal, y 12.400 (74%) de las mejores tierras quedan reservadas para la cría y engorde de ganados, la producción lechera y diferentes áreas de la agricultura. Son sectores fundamentales de la economía nacional, con experiencia y alto nivel de tecnología incorporada. Por ejemplo, cultivos como el maíz y la soja, con récord en los niveles de producción y rendimiento; también las exportaciones de carnes, con sólida presencia en los mercados más importantes. La Ley de Promoción de Inversiones, con beneficios fiscales a las inversiones de capital y gestión, establece, de ser necesario, el respaldo financiero para seguir avanzando en la misma dirección.

Conclusión

Con el correr de los años se ha estructurado en Uruguay una política ambiental y productiva de largo plazo, compartida por todos los sectores políticos en lo fundamental, apoyando y coordinando las inversiones en sectores aparentemente contradictorias como la forestación y la agropecuaria, pero con mecanismos de coparticipación, y con plazos y garantías que configuran una importante política de Estado.