La Cámara Federal de Mendoza confirmó una medida dictada en favor de un contribuyente argentino que, luego de haber conseguido el cambio de domicilio fiscal a Uruguay antes de la entrada en vigencia del nuevo impuesto a la riqueza en el país vecino, definió no pagarlo.
Un juez de San Juan había fallado en beneficio del empresario, y el tribunal de alzada de Mendoza confirmó la cautelar, según consignó Infobae. De lo contrario, el individuo hubiera tenido que pagar 13.011.816,24 pesos argentinos.
Al mismo tiempo, la cámara estableció “ordenar a la AFIP que se abstenga de intimar, ejecutar, determinar y/o exigir administrativa o judicialmente la falta de ingreso del impuesto a la riqueza, aplicar multas, embargos o cualquier otra medida indirecta”. La orden fue otorgada por un período de seis meses, pero es posible que sea extendida.
Los magistrados rechazaron el recurso de apelación formulado por la AFIP. El argumento del organismo tributario indicaba que el contribuyente no había podido acreditar su cambio de residencia.
Sin embargo, el demandante manifestó que sí logró acreditar el requisito de “verosimilitud del derecho” por la generación de una “doble imposición”, dado el convenio para evitarla que se firmó entre la Argentina y Uruguay.
Del fallo del tribunal se desprende que el ciudadano argentino obtuvo la Cédula de Identidad de Uruguay el 8 de mayo del año pasado, el certificado de residencia el 15 de mayo del mismo año y el Certificado de Residencia Fiscal el 27 de agosto de 2020.
De esta manera, si la AFIP decide apelar nuevamente el fallo, será la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien tome la decisión final del caso.