Luego de varios meses de análisis, la Corte Electoral falló por unanimidad a favor del presidente del Banco Central del Uruguay (BCU), Mario Bergara, que había sido denunciado por el Partido Colorado (PC) de haber violado la Constitución al referirse a temas políticos en una entrevista con CRÓNICAS.
“No descarto la posibilidad de ser candidato a presidente”, había dicho Mario Bergara en entrevista con CRÓNICAS, en su edición del viernes 5 de mayo. Las declaraciones generaron críticas por parte de la oposición, que alegó que el jerarca no podía realizar comentarios políticos por estar impedido por la Constitución.
“Yo no descarto considerar la posibilidad [de una candidatura], pero tiene que ser en determinados escenarios. ¿En qué escenarios? Escenarios de renovación. ¿Qué renovación? La del estilo que planteó el presidente [Tabaré] Vázquez (…) En ese caso sí lo consideraría”, sostuvo en ese entonces, en el clásico almuerzo en Panini’s del semanario.
La semana siguiente, el diputado colorado Conrado Rodríguez planteó denunciar a Bergara ante la Corte Electoral, argumentando que el artículo 77 de la Constitución prohíbe a los directores de los entes autónomos y los servicios descentralizados hacer actos de carácter político, con excepción del voto.
La posible violación de ese artículo fue debatida en la Cámara de Diputados, donde toda la oposición votó a favor de realizar la denuncia, pero la propuesta no contó con el apoyo del oficialismo; fue rechazada por 45 votos en 93.
El lunes 3 de julio, a instancias del diputado Rodríguez, el PC presentó la denuncia formal ante la Corte, trámite que se había demorado porque se necesitaba la firma del secretario general del partido, y fue justamente en esos momentos cuando ocurrió la abrupta salida de Germán Cardoso de ese cargo, que posteriormente fue ocupado por Adrián Peña.
En la edición de CRÓNICAS del viernes 14 de julio, Rodríguez opinó que “la violación a la Constitución por parte del economista Mario Bergara es objetiva” dado que “él dijo que no descartaba la posibilidad de ser precandidato a la Presidencia”, además de que “habló de temas claramente políticos, de la renovación dentro del FA, del recambio de figuras, y de la agenda que tiene que tener el FA de cara a un eventual cuarto gobierno”.
Agregó que “es muy claro que violó el artículo 77, numeral 4º de la Constitución, que dice que los directores de los entes autónomos deben abstenerse de ejecutar cualquier acto público o privado de carácter político, y la autopostulación a un cargo electivo es el principal acto político por antonomasia”.
Consultado sobre si el Parlamento había rechazado la denuncia porque Bergara pertenece al Frente Amplio, el legislador respondió: “Yo creo que sí, porque si no habría abierto el debate. Para mí es fundamental que los legisladores sean los guardianes del fiel cumplimiento de la Constitución”.
En la misma línea, señaló que “en los últimos tiempos, varios gobernantes del FA han venido violentando el Estado de Derecho, y muchos de ellos creen que gozan de cierto grado de impunidad porque no tienen consecuencias. La primera instancia en la cual Bergara hizo alusión a la posibilidad de ser precandidato presidencial fue en setiembre de 2016, en una entrevista que también le realizara CRÓNICAS, y como en ese momento nadie lo denunció, se sintió con carta abierta para poder seguir autopostulándose a la Presidencia”.
Sin embargo, según dictaminó esta semana la Corte Electoral, la entrevista trata sobre el rol de Bergara en el BCU, sus respuestas conforman una mera eventualidad que en un futuro resolverá, y sus dichos no constituyen un grado de proyección partidista. Por esto, la institución resolvió que el jerarca no infringió el artículo 77.