Charles Carrera: de aprobarse el delito de peligro “estaríamos ante el fracaso de la libertad responsable”

Zubía: el proyecto es importante porque “hay muchos inconscientes que salen a la calle” sabiéndose contagiados

Con más idas que vueltas, el proyecto que modifica el artículo 224 del Código Penal y por el que se consideraría un delito las violaciones a las disposiciones sanitarias, se votará en los próximos días en el Senado, donde ya se sabe que no tendrá los votos ni de Cabildo Abierto ni del Frente Amplio. La única posibilidad para que el proyecto se apruebe es que se contemplen las modificaciones que planteará la agrupación que conduce Guido Manini Ríos y de esta forma vuelva a Diputados para que se realice la votación nuevamente. 

Esta semana, distintos actores políticos se mostraron a favor y en contra de la modificación del artículo 224 del Código Penal, por la que pasarían a calificarse como delito las violaciones a las disposiciones sanitarias que se han implementado para frenar el avance de la pandemia. 

El proyecto original estima que “mediante violación de disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente en aras de evitar la introducción al país o propagación de una enfermedad epidémica o contagiosa de cualquier naturaleza, que pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal, será castigado con tres a 24 meses de prisión».

El proyecto fue aprobado en diputados con votos de la coalición multicolor y tiene la aprobación de la Comisión de Constitución y Legislación del Senado. En los próximos días pasaría al Senado, pero no tendría los votos ni del Frente Amplio ni de Cabildo Abierto (CA). 

De hecho, fue en la noche del pasado miércoles que CA decidió en su mesa política que no apoyará el proyecto tal como está. En caso de que las modificaciones que la fuerza política proponga en el Senado sean aprobadas, el partido que encabeza Guido Manini Ríos sí lo apoyará.

La discusión y la polémica se ha centrado en cómo establecer que es delito y que no. Entre los argumentos que dio CA está el hecho de no darle “un cheque en blanco” al Poder Ejecutivo, que le permita establecer cuáles son los delitos y cuáles no, afirmó en conferencia Manini Ríos. 

Si en el Senado- tal como ya se dijo- CA y el FA no acompañan el proyecto, pero si se aceptan las modificaciones de los cabildantes, el proyecto deberá volver a Diputados para que se vuelva a votar. Si las modificaciones no son tomadas en cuenta, el delito de peligro no sería aprobado. 

Por acá, a favor

En entrevista con CRÓNICAS, el diputado colorado y exfiscal, Gustavo Zubía, dijo que este decreto es importante porque “hay muchos inconscientes” que salen a la calle sabiendo que están contagiados o pueden estarlo. 

Asimismo, aclaró que no se va a penar porque alguien ande sin tapabocas caminando por la calle- siempre y cuando no se sepa que se está contagiado o en cuarentena- y explicó que muchos casos se podrían establecer con una denuncia previa. 

Por otro lado, señaló que “hay una onda de que el delito de peligro es muy represivo porque todavía no se ha producido el daño y el derecho penal tiene que ser para castigar el daño y no la probabilidad del daño”. 

Agregó que está en total desacuerdo con esta idea porque “es una locura el no perseguir los delitos de peligro”. 

Pero, ¿por qué el mismo es considerado un delito de peligro y no de daño? El delito de peligro establece que la acción realizada pone en peligro a otra persona, no necesariamente se tiene que realizar el daño. Por ejemplo, prender fuego en un área donde está prohibido es un delito de peligro porque esa acción puede derivar en daños a otros, como puede no hacerlo. 

En el caso  del delito de daño, la cuestión es distinta; en este tipo de delito el “mal” ya fue realizado y es evidente.

Por otro lado, y respecto a la opinión del presidente Luis Lacalle Pou, Zubía dijo que cree que al principio el mandatario no estaba muy de acuerdo con una legislación, pero que ahora “la dinámica de los hechos está llevando a que probablemente esté más de acuerdo porque es hora de ponerle límites a los inconscientes”, puntualizó el exfiscal.

La oposición

En diálogo con CRÓNICAS, el senador frenteamplista, Charles Carrera señaló que de aprobarse esta ley estaríamos ante el fracaso de la “libertad responsable” argumentada por el Poder Ejecutivo.

Explicó que desde su fuerza política no comparten la modificación del decreto porque implica transformarlo a un delito de peligro, “una norma penal en blanco que no define con claridad cuál es la acción prohibida”, comentó. Agregó que jurídicamente es un delito de difícil persecución y prueba, que no resolverá el problema que desde el oficialismo plantean.

Por otro lado, dijo que aprobar este delito, puede servir incluso para criminalizar a ciertas personas que necesitan salir a conseguir el sustento para sí y/o sus familias, teniendo que salir a trabajar. “Hace días vi el testimonio de una doctora que fue a visitar una familia de siete miembros con covid-19 y dos de ellos, salían a trabajar informalmente porque no tenían más remedio”, reflexionó. 

Explicó que es imprescindible tomar medidas que contemplen situaciones como esas antes que acudir al Derecho Penal para resolverlas, porque esto sólo agravará la situación de quienes, en definitiva, “son también víctimas del mismo enemigo”, puntualizó Carrera.


No van a aumentar los presos

Consultado acerca de si en caso de que esta modificación al Código Penal se realice y el decreto de peligro sea una realidad, existe la posibilidad de aumentar los presos o los trámites ante fiscalía, el exfiscal, Gustavo Zubía, indicó que esto no sucederá. 

“El sistema penal uruguayo tiene una serie de colchones antes de que llegues al piso. Cuenta con los mecanismos de la libertad vigilada, por el cual la persona es formalizada pero no tiene que ir a prisión; en última instancia está el arresto domiciliario.