Departamentales no se hicieron en mayo porque había una imposibilidad de funcionamiento de organismos electorales

José Arocena > Presidente de la Corte Electoral

En entrevista con CRÓNICAS, el presidente de la Corte Electoral, José Arocena, señaló que las razones por las cuales las elecciones no se hicieron el pasado 10 de mayo “no tienen nada que ver” con el factor sanitario (teniendo en cuenta, además, que hoy Uruguay cursa niveles de casos activos que superan los de aquel entonces). Justificó, entonces, que la cuarentena impidió el trabajo necesario y correcto funcionamiento de la Corte para la preparación de mayo. Dicho organismo “no podía dar garantías ningunas en ese contexto”, afirmó.

El próximo domingo se celebrará en Uruguay otra jornada electoral, la cual será diferente por el contexto de pandemia que se vive. En entrevista con CRÓNICAS, el presidente de la Corte Electoral, José Arocena,  expresó que se están haciendo los máximos esfuerzos para que la elección se haga dentro de los parámetros sanitarios necesarios. 

Explicó que desde el organismo que preside están organizando las elecciones con mucha normalidad, dentro de los parámetros “más o menos habituales”. 

A su vez, señaló que están persiguiendo dos objetivos en simultáneo: mantener la garantía del voto del ciudadano con plenitud, y cuidar la salud de los electores, de los miembros de mesa y de los funcionarios electorales. En ese sentido, esta última meta está guiada, fundamentalmente, por protocolos sanitarios que se han acordado con el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el Sistema Nacional de Emergencias (Sinae).

Consultado acerca de porqué las elecciones se realizan ahora, teniendo en cuenta que Uruguay tiene los mismos niveles de casos activos de Covid-19 que en abril, y hay casi 100 más que cuando debía llevarse a cabo la elección, Arocena señaló que las razones por las cuales no se hicieron el 10 de mayo pasado nada tienen que ver con eso. 

“Las elecciones no se hicieron (cuando debían) por una imposibilidad de funcionamiento que había en ese momento para los organismos electorales”, ahondó el jerarca de la Corte. Así, expresó que dichas entidades no podían funcionar, y expuso los motivos. “Desde la cuarentena total que hubo desde el marzo hasta prácticamente fines de abril, era imposible tener el trabajo necesario para la preparación para mayo. La Corte no podía dar ninguna garantía en ese contexto”, indicó.

A su vez, agregó que el hecho de los casos activos no es una explicación “ni a favor ni en contra, y no es ese el argumento por el cual no se hicieron las elecciones el 10 de mayo”.

En Uruguay, imposible

Otros países, como Rusia, extendieron la jornada de votación a una semana para dar más tiempo a los votantes y generar menos aglomeraciones. Consultado acerca de si en Uruguay esta alternativa sería posible, Arocena respondió negativamente.

Explicó que Uruguay tiene las fechas de votación definidas por la Constitución. Estas son el último domingo de octubre (las nacionales), el último domingo de noviembre (balotaje), y segundo domingo de mayo (para departamentales). 

Cuando se planteó la prórroga para esta elección departamental hubo que sacar una ley especial, apelando al artículo 322 de la Constitución, que le da a la Corte Electoral una serie de funciones. “Entonces, hubo una ley en ese momento aprobada por el conjunto de los partidos políticos que le dio una competencia absolutamente particular para esta situación por única vez: prorrogar el día de la elección. Y es un solo día”, detalló. 


E-candidatos

El presidente de la Corte Electoral expresó que las elecciones departamentales (tardías) no serán un puntapié para el voto electrónico. Agregó que si un día esa modalidad se aplica en Uruguay, será por una decisión de los propios organismos electorales.

“En este momento, no hay ninguna resolución en ese sentido; por lo tanto, esta Corte Electoral no tiene -en este momento- pensado nada con respecto al futuro”, sostuvo Arocena.

Asimismo, indicó que para que dicha novedosa forma de sufragar sea implementada en el país se requiere de una modificación de “toda la legislación electoral”. Esto comprende las leyes de los años 1924 -“fundadora del registro cívico”- y 1925 -“la gran ley madre electoral”- y “todas las leyes que vinieron después a completar temas que estuvieron ya presentes pero que hubo que ir modificando en el curso de las décadas”, enunció el jerarca de la Corte.