En un evento realizado el pasado miércoles en la mañana la directora general de Industria, Energía y Minería, Macarena Rubio anunció que el Ministerio de Industria, Energía y Miniería (MIEM) puso a disposición fondos no reembolsables dirigidos a proyectos cooperativos. Los interesados podrán presentarse hasta el 20 de julio.
Con la presencia de la Directora Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas, Ana Inés Antía y el presidente de Inacoop, Martín Fernández, Rubio promovió este lanzamiento que destacó como un instrumento clave en el marco de la situación complicada que atraviesa el país, “para impulsar las inversiones que sean requeridas por estas cooperativas, y así mejorar en insumos, maquinarias, equipamientos, mejoras tecnológicas, que ayuden en algún proceso de su cadena productiva industrial”, especificó.
En conferencia de prensa, Rubio sostuvo que el objetivo de estos convenios es apuntar a mejorar la competitividad y la productividad de sectores como en este caso, las cooperativas de trabajo, cooperativas agrarias y sociedades de fomento rural. “Las bases de la convocatoria se encuentran en la página web del MIEM y estamos a las órdenes para despejar dudas y ayudar en lo que sea necesario”.
Por su parte, Martín Fernández hizo énfasis en la importancia que tiene para Inacoop esta convocatoria. “Es la complementariedad de la política pública para el acceso a los procesos asociativos de cooperativas que pueden, a través de este vínculo con el MIEM, tener acceso a estos fondos que suponen además una fuente importante de acceso a la innovación y a la inversión”.
El MIEM aportará $ 3.000.000 y se puede acceder a ellos mediante dos modalidades. La modalidad simple contempla hasta $ 600.000 por proyecto y requiere una inversión equivalente al 20% de contrapartida por parte la cooperativa. Por otro lado la modalidad integrada llega hasta $ 1.000.000, con un requerimiento del 30% de contrapartida por parte de promotor del proyecto.
Los interesados tendrán plazo para postularse hasta el 20 de julio de 2021.