El Frente Amplio (FA) propuso derogar las leyes 19.055 y 18.778 relativas a la prisión preventiva y mantenimiento de antecedentes penales por parte de menores infractores. Desde Fundapro, aseguran que se trata de “un disparate absoluto que retrocede y genera más inseguridad e impunidad”.
En un contexto donde en nuestro país se estaba discutiendo la baja de la edad de imputabilidad a través de un plebiscito, que la mayoría de la población no respaldó, surgieron dos leyes fundamentales para, de alguna manera, amortiguar el hecho de no tener una ley penal para menores infractores modificando en algunos aspectos el Código de la Niñez y la Adolescencia.
Estas reglamentaciones son la ley número 19.055 y la 18.778. La primera tiene que ver con lo referido a la privación de libertad a través de una medida cautelar hasta el dictado de la sentencia. La segunda, se centra en el mantenimiento de los antecedentes penales en los menores.
El pasado domingo, el Congreso del FA aprobó en su programa, previendo un nuevo gobierno, la posible derogación de estas leyes que establecen la obligación de la prisión preventiva en delitos graves y gravísimos que cometan menores y la eliminación del registro de antecedentes penales para adolescentes condenados.
El texto promueve la derogación de la ley 19.055, que fue votada en acuerdo con la oposición, y que establecía la prisión preventiva en delitos graves y gravísimos -homicidio, rapiña, secuestro, extorsión, violación y tráfico de estupefacientes- y derogar la 18.778 del Registro Nacional de Antecedentes Penales para los adolescentes en conflicto con la ley.
Este hecho fue defendido por la exmilitante del «No a la Baja» y directora de Desarrollo Social de la Intendencia, Fabiana Goyeneche, quien indicó que conservar este tipo de leyes va por un camino de retroceso y este programa tiene que tratar de profundizar derechos.
Consultado por CRÓNICAS, Guillermo Maciel, director del Observatorio de la Seguridad de la Fundación Propuestas (Fundapro), catalogó la situación como “un disparate absoluto que significa un retroceso y mayor inseguridad e impunidad, que crea un incentivo para delinquir por parte de los menores de edad. Es un acto suicida para la ciudadanía”.
El entrevistado comentó que ambas leyes se dieron en un contexto donde hubo muchas fugas del Instituto del Niño y el Adolescente de Uruguay (INAU), donde los menores se presentaban en el juzgado diciendo que no se los podía tener detenidos ya que aún no tenían 18 años. “Estas leyes que propuso el FA en su momento, fueron acompañadas por toda la oposición”, aseguró.
Universo acotado
Estas leyes no contemplan a todos los menores de 18 años, sino que el universo se acota al rango que va entre los 15 y la mayoría de edad y, además, se aplican únicamente en los delitos llamados “infracciones a la ley penal”, que son homicidio, rapiña, secuestro, extorsión, violación y tráfico de estupefacientes.
“Está acotado en la edad y está acotado en el tipo de delitos”, aseguró el director de Fundapro. Y añadió que tuvo una repercusión automática en la baja de infracciones cometidas por menores, al tiempo que “frenó a los mayores que se servían de los adolescentes para cometer delitos y que el menor se los imputara debido a que no podían ser penados”.
En relación a la ley de mantenimiento de los antecedentes penales, también existen limitaciones en la aplicación. El historial del menor juzgado solo se mantiene en ciertos delitos y es el juez quien puede disponer que permanezcan o no. Además, el plazo de mantención es de dos años luego de cumplir la mayoría, es decir, que mantendrían los antecedentes hasta los 20 años cumplidos, luego caen.
En la ley 19.055, un artículo plantea que el Poder Ejecutivo debería crear una comisión que redactara y elevara un proyecto de ley al Parlamento, llamado Régimen de Responsabilidad Penal Adolescente. La comisión fue creada y el documento se realizó y presentó junto a Eduardo Bonomi. “Fue impulsado por el gobierno y naufragó a instancias del propio gobierno también. No se votó, se archivó”, explicó el director.
Para Maciel, haber sustituido las dos leyes actuales por un proyecto integral y que abarque más aristas, hubiese sido una herramienta más eficiente. Sostuvo, además, que dar marcha atrás con las únicas dos leyes que contemplan el tema es un acto suicida para la ciudadanía.
“Si los delitos en Uruguay se dieran de manera esporádica, este hecho no tendría trascendencia, pero lamentablemente no es así. Lo resuelto en el Congreso demuestra falta de empatía hacia las víctimas. No les importa el sufrimiento, el padecimiento ni la inseguridad que genera la delincuencia, así como tampoco los derechos humanos”, sentenció Maciel.