Senado aprobó proyecto de ley sobre mercadería abandonada en el puerto

Se espera > LA PROMULGACIÓN DEL PODER EJECUTIVO PARA LA APLICACIÓN

El Senado aprobó el proyecto de ley de “Mercadería en Abandono en Depósitos Intra y Extraportuarios”, que acelera el proceso de pasar a remate los productos que permanecen abandonados en situación no infraccional, y contempla ganancias para la Dirección Nacional de Aduanas y depositarios.

Un importador de nuestro país compra mercadería en China, la trae en barco hacia Uruguay y cuando llega a Montevideo va a parar a un depósito. La mayor parte de las veces, el empresario realiza los trámites correspondientes para dar con su producto, sin embargo, son muchas las ocasiones en que, por distintas razones, el material es abandonado.

La consecuencia de estos abandonos siempre es la misma. Si el dueño del depósito que contiene el material importado quisiera rematar el contenido para liberar ese espacio, tendría que hacerse cargo de un transporte que lo traslade, realizar los trámites correspondientes y luego de que pueda rematarse, la totalidad de ese dinero iría hacia la Dirección Nacional de Aduanas, ya que la ley así lo establece.

Esta situación es la que atraviesan, desde hace años, los depositarios inter y extraportuarios. A raíz de esto es que Juan José Olaizola, diputado nacionalista, presentó un proyecto de ley que establece una nueva normativa para acelerar el trámite de remate, en la que no solo se vea beneficiada económicamente la Dirección Nacional de Aduanas (DNA). Se planteó a través de la modificación de los numerales siete y nueve del artículo 99 del Código Aduanero uruguayo (Carou).

“Nosotros tomamos conocimiento de una realidad que tiene que ver con una situación no infraccional, donde el cliente no retira su mercadería y queda allí sin tener un trámite fluido para el remate. Esto se da porque no había un plazo establecido en el Carou para los remates y, además, porque el producido del remate iba en un 100% para la DNA generando que el depositario no pudiera cobrarse sus honorarios por concepto de depósito”, explicó el legislador a CRÓNICAS.

Se trata de un proyecto “sencillo”, sostuvo el entrevistado, donde se establece un plazo de 120 días para retirar las mercaderías luego de ser declaradas abandonadas no infraccionalmente por la justicia. A partir de ese momento deberán ser trasladadas a un depósito establecido por la sede para, posteriormente, tramitar el remate. El producido líquido de esa acción será hasta un 30% para el pago de gastos de honorarios del depositario, y el monto restante para la Aduana.

El fin es que el depositario consiga una solución para liberarse del material que ocupa su espacio y no le genera ganancias. Además, sostuvo Olaizola, se ingresaría un lote importante de mercaderías a remate que también beneficiaría a rematadores, así como a la DNA que obtendrá parte del dinero. “Lo que se procura es agilizar la salida y que la mercadería no esté retenida por falta de incentivo para su remate”, aseguró.

Añadió el legislador que es importante tener en cuenta que para que la ley pueda aplicarse las mercaderías deben ser declaradas en abandono no infraccional, y esto puede hacerlo únicamente la justicia. Después, los remates se darán  de acuerdo al procedimiento previsto en materia aduanera, dentro del territorio nacional y en el que cualquier persona puede ir a adquirirlos.


Sin contras

Desde que el proyecto se presentó no tuvo oposición. En principio, se realizó una reunión con el director Nacional de Aduanas, Enrique Canon y algunos asesores, quienes hicieron observaciones al documento y brindaron mejoras. “A partir de allí se votó en Cámara de Diputados, luego pasó a la Comisión de Hacienda, el plenario, y por último la aprobó el senado por unanimidad”, agregó.