Sociedad
“Hoy los consumidores castigan a las empresas que contaminan y eligen productos amigables”
Fecha de publicación: 29/08/2025
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En 2024, el Senado dio media sanción a un proyecto que introduce en el Código Penal un capítulo específico sobre delitos ambientales, abarcando la contaminación de aire, suelo y agua, la afectación de la biodiversidad y las irregularidades en la gestión pública vinculada al ambiente. La propuesta prevé que ya no solo se apliquen sanciones administrativas por incumplimiento de normas ambientales, sino que también puedan existir sanciones penales, incluida la privación de libertad. En diálogo con CRÓNICAS, Gonzalo Iglesias analizó los alcances de la normativa, sus efectos en la competitividad y los desafíos para compatibilizar desarrollo económico con protección ambiental.

En conversación con CRÓNICAS, Gonzalo Iglesias, abogado del Departamento Regulatorio y Ambiental y del Departamento de Derecho Corporativo de Guyer & Regules, advirtió que la iniciativa obliga a las empresas a repensar su vínculo con la normativa ambiental. “Hoy el incumplimiento de la normativa ambiental se castiga principalmente por ser administrativa. Es decir, cuando una empresa viola la normativa ambiental, trae aparejada una sanción impuesta por el regulador, que principalmente es el Ministerio del Ambiente, aunque hay competencias también en otras instituciones”, explicó.

Las sanciones actuales suelen traducirse en multas económicas o suspensiones de actividad, medidas que impactan, pero que quedan en el terreno administrativo. La novedad del proyecto radica en que “incorpora un tipo de sanción más, que es la sanción de tipo penal, asociada principalmente a la privación de libertades. Es decir, si una persona física o jurídica viola la normativa ambiental, ya no solo podría recibir una multa, sino que, de aprobarse este proyecto, podría ser privada de libertad justamente por violar la normativa”, indicó Iglesias.

Un cambio en la normativa

El abogado recordó que en Uruguay ya existe un antecedente penal en materia ambiental, aunque acotado al delito previsto en el artículo 9 de la Ley 17.220, vinculado a la introducción de desechos peligrosos. El cambio ahora sería cualitativo: “Este proyecto busca incorporar delitos específicos dentro del Código Penal de muy distinto tipo de contaminación, de las aguas, del aire y demás. Cambia el eje. Las empresas van a tener que tomar en cuenta que, si violan la normativa ambiental, no solo podrán recibir sanciones administrativas, sino también penales, con todo lo gravoso que eso implica”.

El abanico de conductas alcanzadas es amplio. El experto precisó que “se trata de castigar lo que se conoce como delitos de contaminación, contaminación del aire, del agua, delitos contra la biodiversidad, la caza y la pesca en áreas protegidas, y delitos contra la gestión pública, como presentar información falsa ante la administración vinculada a temas ambientales”.

Este nuevo escenario ha despertado consultas en el mundo empresarial. Según mencionó, “los empresarios están muy atentos justamente a si se aprueba o no este proyecto de ley, para prever qué tipo de sanciones pueden recibir. Lo más interesante es la potencialidad de una responsabilidad no solo administrativa, sino también penal, lo cual será novedoso para el derecho uruguayo”.

¿Impacto en las inversiones?

Una de las preocupaciones instaladas es si el endurecimiento de sanciones podría desalentar la inversión. Señaló que “este tipo de cuestiones tienen que ser analizadas muy detenidamente. Muchas veces se piensa que para solucionar problemas tiene que haber una nueva norma jurídica, pero no siempre es así. En muchos casos basta con aplicar las normas que ya existen”.

Al mismo tiempo, el especialista matizó los temores. “La aprobación de este tipo de iniciativas no va a significar que automáticamente una persona vaya presa por contaminar. Hay que ver si entra la figura penal y hay que analizar muchas variables. En el derecho penal existen reglas muy claras que deben aplicarse con detenimiento, porque se trata de privar de libertad a una persona. No necesariamente la aprobación de normas va a desalentar inversiones, pero sí las va a poner bajo un examen más detenido de la normativa ambiental”, subrayó.

La discusión se enmarca en un contexto en que la sostenibilidad gana peso en las decisiones de inversión. Iglesias remarcó que “cada vez más, cuando hay una compra de una empresa, es imprescindible contar con un análisis ambiental. Así como antes se miraba el cumplimiento fiscal o laboral, hoy también se mira el cumplimiento de la normativa ambiental. Muchos inversores directamente eligen no invertir en empresas que tengan problemas en este aspecto”.

Incentivos pendientes

Consultado sobre qué desafíos enfrenta Uruguay para compatibilizar el desarrollo económico con la protección ambiental, aseveró que “hasta ahora se ha tratado de aprobar normas para cumplir estándares internacionales, pero falta mucho en materia de incentivos. Cuando las empresas cumplen y son buenas, falta premiarlas, ya sea con incentivos fiscales o económicos. Esas empresas que invierten en tecnología para proteger el ambiente benefician a toda la sociedad y sería bueno analizar qué apoyos pueden recibir. Además, hoy los consumidores castigan a las empresas que contaminan y eligen productos amigables”.

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