Del atractivo fiscal a la cooperación global
Durante décadas, Uruguay apostó a la estabilidad normativa y a regímenes promocionales con baja imposición. Pero el escenario cambió: el acuerdo del Marco Inclusivo OCDE/G20 sobre BEPS 2.0 redefine las reglas para los grupos multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros, que deberán tributar una tasa efectiva mínima del 15% por jurisdicción.
El objetivo es evitar la erosión de bases imponibles y el traslado artificial de utilidades a territorios de baja tributación. Es, en definitiva, el paso de la competencia fiscal a la coordinación fiscal global.
El IMCD: cómo funciona
El proyecto de Presupuesto 2025-2029 incorpora el IMCD, inspirado en la Qualified Domestic Minimum Top-Up Tax (QDMTT) del Pilar Dos. Su finalidad es asegurar que las empresas multinacionales que operan en Uruguay alcancen una carga efectiva mínima del 15%.
El impuesto se calcula en función de la diferencia entre esa tasa y la efectivamente pagada en el país, sobre un resultado ajustado por normas OCDE y con deducciones por sustancia (empleo y activos reales).
El Ministerio de Economía estima que podría recaudar entre 300 y 350 millones de dólares anuales, principalmente de compañías beneficiadas por regímenes promocionales. Al aplicarlo localmente, Uruguay evita que otros países recauden el “top-up”, preservando así su soberanía fiscal.
Compatibilidad con los regímenes promocionales
El desafío pasa por compatibilizar el Pilar Dos con los incentivos que han sostenido la inversión extranjera desde los 90.
Impactos económicos y reputacionales
El IMCD busca proteger la recaudación nacional y alinearse con las exigencias internacionales, evitando que la tributación se traslade a las jurisdicciones de las casas matrices.
Aunque fortalece la reputación del país como socio confiable y transparente, no es neutro: elevar la carga efectiva puede reducir el atractivo frente a otros centros regionales que aún no aplican la QDMTT.
Estudios del FMI muestran que la adopción del Pilar Dos reduce, en promedio, un 3% la inversión extranjera directa en países de baja imposición. Sin embargo, ese efecto se atenúa cuando existe certeza jurídica y políticas de promoción no tributarias.
Competitividad y justicia tributaria
Uruguay enfrenta un equilibrio delicado: mantener su competitividad sin renunciar a la justicia fiscal.
El IMCD asegura que las multinacionales contribuyan equitativamente y que los ingresos permanezcan en el país, mejorando además su reputación internacional. Pero plantea desafíos: redefinir los regímenes de promoción, preservar la previsibilidad normativa y sostener la simplicidad del sistema.
Una implementación gradual, con cláusulas de estabilidad y estímulos vinculados al empleo o la innovación, podría ser el camino para equilibrar las piezas.
Un nuevo modelo de desarrollo
El impuesto mínimo no implica renunciar a la competitividad, sino adaptarla al siglo XXI. La competencia ya no se centra en tasas nominales bajas, sino en calidad institucional, seguridad jurídica y capital humano.
Uruguay posee ventajas en esos frentes y puede convertir la reforma en una oportunidad para modernizar su modelo de desarrollo: promover la economía del conocimiento, la sostenibilidad y la inversión productiva.
El IMCD simboliza el paso de un país que quiere seguir siendo competitivo, pero dentro de un marco fiscal más equitativo y cooperativo. El equilibrio entre atraer inversión y asegurar una contribución justa definirá, una vez más, la identidad del modelo uruguayo.