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Nuevo Sistema de Permiso Nacional de Conducir por Puntos
El siguiente informe tiene por finalidad difundir y explicar el Decreto N° 181/025, promulgado el 2 de setiembre de 2025, que establece el Sistema de Permiso Nacional de Conducir por Puntos en Uruguay. Este sistema, basado en la Ley N° 19.824 de 2019, busca promover la conducción responsable y reducir los accidentes de tránsito mediante un mecanismo de asignación y sustracción de puntos en el Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC).
Fecha de publicación: 24/10/2025
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Por:
Diego Galante

● Asignación inicial: todo conductor con un PUNC nuevo o renovado comienza con ocho puntos.

● Incremento de puntos: se premia la buena conducta. Tras dos años sin infracciones, se suman cuatro puntos (hasta 12). Tras tres años adicionales sin infracciones, se añaden dos puntos más (máximo 15).

Sustracción de puntos: las infracciones restan puntos según su gravedad. Si el saldo llega a cero o menos, el permiso se suspende automáticamente por tres meses.

Recuperación de puntos: mediante un Programa de Recuperación por Puntos, los conductores pueden realizar cursos voluntarios de educación vial (cada dos años para conductores no profesionales, cada año para profesionales) para recuperar puntos. La buena conducta también permite recuperar puntos con el tiempo.

Sanciones: detalle de las infracciones

Las sanciones se dividen en tres categorías según su gravedad: leves, graves y muy graves. Cada una implica la sustracción de puntos y, en paralelo, multas económicas conforme a la Ley de Tránsito N° 18.191 (ver tabla con las sanciones principales).

 

Tipo de infracción

Puntos sustraídos

Ejemplos

Multas y consecuencias adicionales

Leves

1 punto

– No usar luces bajas de noche.
– Estacionamiento indebido en zona permitida.
– No respetar señales de pare o ceda el paso (sin peligro).

Multa de 3 a 6 UR (aprox. $ 4.800-$ 9.800 a valores 2025). Acumulación de infracciones puede derivar en suspensión.

Graves

3 puntos

– Exceso de velocidad superior a 20 km/h en zona urbana.
– Uso de celular al conducir.
– No usar cinturón de seguridad o casco.
– Adelantamiento en zona prohibida.

Multa de 6 a 12 UR ($ 9.800-$ 19.500). Reiteración puede agotar los puntos rápidamente.

Muy graves

6 puntos (o quita total en reincidentes)

– Conducción con alcohol (cualquier nivel superior a 0,0 g/l).
– Conducción bajo efectos de drogas.
– Exceso de velocidad mayor a 30 km/h en ruta o 50 km/h en ciudad.
– Maniobras peligrosas (zigzag, abandono de vehículo sin señalización).

Multa de 15 UR o más ($ 24.400+). Suspensión inmediata del permiso (6 meses a un año, extensible en reincidencia). Posible acción penal en casos de alcohol o drogas.

Suspensiones acumuladas: la primera suspensión por llegar a cero puntos es de tres meses. Infracciones durante este período extienden la sanción hasta un año o resultan en la cancelación definitiva del permiso. Conductores profesionales enfrentan criterios más estrictos.

● Identificación del conductor: si una infracción no identifica al conductor (por ejemplo, captada por cámara), el titular del vehículo debe señalar al responsable en 10 días hábiles. De no hacerlo, se le aplican las sanciones correspondientes.

Conducción sin permiso: considerada una infracción muy grave, implica la sustracción de seis puntos, multas elevadas y posible acción penal.

Sistema de impugnación y recursos

El decreto establece un procedimiento claro para impugnar sanciones, garantizando el derecho de defensa de los conductores. Las impugnaciones se tramitan inicialmente en la vía administrativa y, de ser necesario, en la judicial, siguiendo la Ley de Tránsito N° 18.191. A continuación, se detalla el proceso:

1- Notificación de la infracción:

Se comunica por escrito (correo electrónico certificado, cédula o edicto público). Incluye detalles de la infracción, puntos sustraídos y fundamentos.

Plazo para responder: cinco días hábiles desde la notificación para pagar la multa o iniciar una impugnación. De no hacerlo, la sanción queda firme.

2- Recurso administrativo de primera instancia:

Dónde presentar: en la intendencia del departamento donde ocurrió la infracción o donde está registrado el permiso, en persona, por plataforma digital o correo electrónico.

● Plazo: 10 días hábiles desde la notificación.

Requisitos: presentar un escrito explicando los motivos de la impugnación (por ejemplo, error en la identificación del vehículo o falta de pruebas claras) y adjuntar evidencia (fotos, declaraciones de testigos, peritajes).

● Resolución: un funcionario de la intendencia evalúa el caso y responde en un plazo de 30 días hábiles. Si se acepta, se anulan los puntos sustraídos y la multa. Si se rechaza, se puede apelar.

3- Recurso de apelación administrativa:

Dónde presentar: ante el director de Tránsito de la intendencia o, en casos específicos, un Tribunal de Apelaciones de Tránsito (por ejemplo, en Montevideo).

Plazo: cinco días hábiles desde el rechazo del primer recurso.

Procedimiento: se revisa el caso con mayor profundidad, permitiendo incorporar nuevas pruebas. La resolución se emite en 20 a 30 días hábiles.

● Recomendación: en esta etapa, contar con asistencia legal puede ser útil para argumentos técnicos, como cuestionar mediciones de radar o cámaras.

4- Recurso contencioso-administrativo (vía judicial):

● Dónde presentar: en el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) en Montevideo o en juzgados letrados del interior, según corresponda.

● Plazo: 90 días desde la última resolución administrativa (seis meses para suspensiones prolongadas).

Procedimiento: se requiere un abogado (puede ser de oficio para quienes no puedan costearlo). El juez evalúa la legalidad de la sanción, posibles errores de procedimiento o insuficiencia de pruebas. Es posible solicitar medidas cautelares para suspender la sanción durante el proceso.

● Duración: entre seis meses y dos años, dependiendo de la complejidad.

Esta nota es meramente informativa, no es un asesoramiento ni consejo legal. Edificio G&M: Bulevar Artigas 1154 – Web: galantemartins.com – WhatsApp: 097 987 096 – Correo: info@galantemartins.com.

 

(*) Integrante del Equipo Legal de Galante & Martins

Buenos Aires 484, CP 11000, Montevideo, Uruguay
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