Arquitectura de los compromisos en servicio y establecimientos: lista positiva en un complejo formato
El capítulo 10 (Comercio de Servicios y Establecimiento) y sus cinco anexos (A, B, C, D y E) delinean un entramado de compromisos que, lejos de una liberalización ambiciosa, optan por consolidar el statu quo regulatorio, trasladando el verdadero desafío a la fase de implementación (1*). El acuerdo sigue el método de "lista positiva" característico del GATS (Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios): los sectores no listados permanecen sin liberalizar. Se cubren tres modos de suministro (transfronterizo, consumo en el extranjero, y presencia de personas físicas), con compromisos diferenciados en trato nacional y acceso a mercado. Además, se incluye establecimiento que cubre toda la actividad económica y no solo los servicios como es convencional en este tipo de acuerdos (modo 3).
La complejidad se multiplica al no existir en ninguno de los dos bloques una política comercial común en servicios. En la UE, aunque los compromisos se presentan de forma conjunta, las reservas se especifican para cada Estado miembro. En el Mercosur, directamente se optó por listados separados por país en el Anexo E.
Los primeros cuatro anexos corresponden a la UE. El Anexo A recoge los compromisos en modo 1 y 2; el Anexo B, dedicado al establecimiento (modo 3), introduce la única cobertura sustantiva en materia de inversión del acuerdo, aunque restringida a las reglas de trato y acceso. Es importante destacar, como señala un informe del Parlamento Europeo, que "no comprende las normas de protección de las inversiones ni la solución de controversias", un punto que cobra relevancia a la luz de la próxima revisión del Tribunal de Justicia de la UE sobre las competencias supranacionales en esta materia (2*). La movilidad de personas (modo 4) se desglosa en dos anexos: el Anexo C para personal clave, titulados en prácticas y vendedores empresariales; y el Anexo D para proveedores de servicios contractuales y profesionales independientes. Se trata, en todos los casos, de una apertura muy acotada y fuertemente condicionada a calificaciones específicas.
Evaluación: ambición limitada pero avances puntuales
Globalmente, el acuerdo no impulsa una liberalización recíproca profunda. La decisión de no adoptar una nomenclatura de actividades única y consolidar el statu quo revela el carácter poco ambicioso de la negociación. Sin embargo, el texto contiene elementos que podrían fomentar una futura armonización regulatoria, dependiendo de la voluntad de las partes en la implementación. Se mantiene, además, una cláusula de cautela que preserva el derecho a regular y excluye expresamente los servicios públicos.
El principal avance sectorial se da en los servicios marítimos internacionales (transporte y conexos), donde el acuerdo proporciona acceso preferencial en un mercado tradicionalmente resistente a la apertura, incluso en economías abiertas.
En los capítulos sobre materias complementarios, el resultado es también modesto. En contratación pública (capítulo 12), la regla general de trato nacional se ve acotada por múltiples limitaciones listadas en anexos (entidades cubiertas, umbrales y sectores). Brasil redujo su nivel de ambición en esta área respecto de la versión del fin de la negociación en 2019, lo que enfrió la oferta europea. Propiedad intelectual (capítulo 13) se restringe básicamente a las denominaciones geográficas de origen, un clásico en los acuerdos de la UE, mientras que competencia (capítulo 15) se limita a disposiciones generales de cooperación.
Desafíos para el Mercosur: implementación como vector de modernización
El principal desafío del acuerdo para los países del Mercosur reside en la armonización y convergencia regulatoria. En bienes, el incentivo es directo: quien alinee estándares más rápido accede al mercado. En servicios, el efecto es más difuso, pero igualmente relevante: el acuerdo actúa como una oportunidad de mejora en sectores tradicionalmente no transables, forzando la adopción de mejores prácticas.
La intensidad con que los países del Mercosur incorporen los requisitos de la sección C del capítulo 10 (Reconocimiento de cualificaciones y regulación doméstica) revelará su vocación de aprovechar el acuerdo para una actualización regulatoria. Esto exige que las agencias de gobierno competentes conozcan en profundidad la letra del acuerdo y establezcan cronogramas de implementación.
Esta tarea, aunque nacional, tiene una dimensión regional ineludible. Una aplicación no discriminatoria de las disposiciones del acuerdo (cláusula NMF) podría actuar como un catalizador de la propia integración del Mercosur. Si Uruguay elimina la tasa consular, o Argentina la tasa estadística, debería hacerlo para todos los socios del bloque. Si se habilita el origen en zonas francas para la UE, debería regir para el comercio intraregional. La autocertificación de origen debería extenderse al comercio intraregional. De la misma manera, la existencia de una trayectoria hacia el libre comercio automotriz con Europa debería impulsar la absorción de los cinco acuerdos bilaterales vigentes dentro del Mercosur.
Finalmente, la gestión del sistema de cuotas para sectores agrícolas sensibles plantea una paradoja: el Mercosur, que históricamente ha preferido aranceles a restricciones cuantitativas, deberá operar un instrumento de política comercial ajeno a su tradición, heredado del acervo comunitario europeo. Los negociadores enfrentan en estas semanas el reto de implementar con escaso margen de tiempo un sistema que nadie esperaba que entrara en vigor de forma tan rápida.
El ITA puede tener un impacto positivo en el Mercosur si se sigue la regla de la implementación radical del principio de NMF entre sus miembros, sumado a la voluntad nacional de implementar las reglas de convergencia regulatoria antes mencionadas. Esto no quiere decir que sea la base de la aplicación de un principio de libre práctica en la circulación en el comercio intraregional como podría ser en una Unión Aduanera completa dado que eso no es posible hoy ni lo será en el futuro (*3). Asignar esfuerzos en tareas imposibles los resta de las que son verosímiles. Ya hemos cometido este error en el pasado. Las tareas en el Mercosur son muchas y se vinculan fundamentalmente con completar y hacer funcionar la zona de libre comercio (*4).
Referencias:
1* El capítulo 10 está organizado en cuatro secciones. La primera sección (A) refiere a las provisiones generales (cinco artículos). Los dos primeros artículos establecen el conjunto de transacciones involucradas y se incluyen las dos provisiones básicas sobre acceso al mercado (artículo 3) y trato nacional (artículo 4). La segunda sección (B) es sobre entrada y estancia temporal de personas físicas que presten servicios y para actividades empresariales (cinco artículos). La tercera sección (C) sobre marco regulatorio está organizada en seis subsecciones siendo la más compleja y larga de todas. Consta de seis subsecciones: 1- provisiones de aplicación general (dos artículos); 2- Regulaciones domésticas (seis artículos); 3- Servicios Postales (cinco artículos); 4- Servicios de Telecomunicaciones (once artículos); 5- Servicios Financieros (siete artículos); 6- E-commerce (diez artículos). La cuarta y última sección (D) es sobre provisiones finales y excepciones (cinco artículos).
2* Ver European Parlamient, 2019. “The trade pillar of the EU-Mercosur Association Agreement”, Briefing International Agreements in Progress EPRS, International Trade (INTA), August.
3* Ver por ejemplo nota de prensa que cita a funcionarios de gobierno de Argentina argumentando en esta dirección. https://elpais.com/argentina/2026-03-13/socios-de-mercosur-piden-integracion-interna-ante-la-entrada-en-vigor-del-acuerdo-con-la-ue.html.
4* Ver Vaillant, Marcel, 2024. “A 30 años de Ouro Preto. En busca de una respuesta contemporánea a la inserción internacional de la región”, Vol. 62 Núm. 1 (2024), https://revistas.unc.edu.ar/index.php/REyE/article/view/47855.