Contratapa
El derecho de unos termina cuando comienza el del otro
Recientemente se aprobó en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados nuestro proyecto de ley sobre la modificación de la ley Nº 18.256, conocida como la ley de control de tabaco. Repasaremos a continuación cuáles son esos cambios y qué nos llevó a trabajar en la propuesta.
Fecha de publicación: 06/11/2026
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Por:
Silvana Pérez Bonavita

En primer lugar, entendemos que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental, en este caso en particular estamos apuntando a garantizar la salud de los niños y adolescentes en sus espacios de esparcimiento. Dentro de la ley del 2008 se estableció la protección de espacios detallando aquellos donde está prohibido encender productos de tabaco, entendimos que había que adicionar en este artículo “Espacios abiertos, públicos o privados, de las áreas con destino a actividades recreativas o deportivas para menores de edad como plazas, parques y otros de similar naturaleza”. 

Esta modificación incluye también el consumo de marihuana, debido a que la ley Nº 19.172 de regulación y control de Cannabis detalla que se aplican a la misma las prohibiciones de espacio definidas en la ley de control de tabaco, así como por decreto ministerial el también uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos. 

El derecho a la salud significa también que los niños y adolescentes puedan disfrutar de áreas libres de humo, sin exponerse a ambientes contaminados. Repasamos a continuación parte de la información recabada sobre los estudios disponibles sobre la contaminación y sus consecuencias, base utilizada para desarrollar la exposición de motivos del proyecto de ley. Cuando una persona fuma, al fenómeno de contaminación que se genera alrededor se le denomina humo de segunda mano. Esta corriente lateral, debido a la combustión que se produce mientras se encuentran encendidos estos productos, tiene grandes concentraciones de sustancias tóxicas y cancerígenas. En esta mezcla de gases y partículas se han identificado más de 4000 sustancias, entre las cuales se encuentran por ejemplo el arsénico, el monóxido de carbono y el cianuro. Esta mezcla permanece en el aire y es así como los no fumadores se convierten en fumadores involuntarios, pasivos.

El humo de marihuana comparte gran parte de las toxinas del tabaco y, debido a la forma de combustión, ciertos componentes están presentes en concentraciones más altas, lo que genera que los niños sean especialmente vulnerables debido a las características de su sistema respiratorio, lo cual deriva en un impacto pulmonar inmediato. Esto significa niños expuestos con mayor frecuencia a enfermedades respiratorias, tos persistente y asma bronquial. Las sustancias químicas cancerígenas y los residuos tóxicos quedan adheridos a las superficies, ropa, piel, entre otros, generando así un ambiente nocivo que pone en riesgo su salud.

Debemos destacar que nuestro país cuenta con un gran número de espacios verdes al aire libre y, ver que se utilicen los espacios destinados a recreación de menores para consumir estos productos, carece de todo sentido común. Adicionalmente, estos espacios son en su mayoría posibles gracias a los vecinos que contribuyen con sus impuestos y ese dinero es volcado a las mejoras de estas áreas en cada municipio. Somos testigos no solo de la contaminación del aire, sino del deterioro producido por estas prácticas en la infraestructura destinada a otros fines.

Con respecto a la reglamentación, entendimos que el camino correcto era justamente amparar estos cambios en una ley exitosa, que supo estar a la vanguardia y fue aceptada públicamente de manera efectiva. El control de dicha ley es ejercido en conjunto desde el área de fiscalización del Ministerio de Salud Pública y las intendencias departamentales, quienes estarán a cargo de definir en la etapa de reglamentación los espacios delimitados y colocar la cartelería correspondiente de “Prohibido fumar, ambiente 100% libre de humo”. 

Con respecto al éxito de la iniciativa entendemos que el argumento descalificativo que algunos puedan intentar poner sobre la mesa acerca de la falta de fiscalización en cada espacio no corresponde con la realidad, solo debemos recordar la alta aprobación de la ley aquí modificada y su implementación eficaz y eficiente, con sus multas correspondientes ya establecidas y responsables definidos en cada caso. Estas normativas apelan al sentido común y a la convivencia ciudadana. Los propios ciudadanos son quienes se sentirán respaldados por esta ley y finalmente escuchados, los espacios destinados al disfrute familiar serán devueltos nuevamente a su esencia, sin distorsiones nocivas para la salud y el ejemplo de nuestros niños. 

Está previsto aprobar esta ley en la Cámara de Diputados a comienzos de noviembre y que antes de fin de año sea sancionada por ambas cámaras. Su aprobación en comisión fue unánime y destacamos también el apoyo del Ministerio de Salud Pública a la misma. 

(*) Diputada de Cabildo Abierto.

De estos temas se habla en esta nota
Salud
Cabildo Abierto
Cannabis
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